BOAM nº 9219 (09/09/2022)
Agencia para el Empleo
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Resolución de 7 de septiembre de 2022 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a determinados procedimientos administrativos iniciados por las convocatorias públicas de concesión de subvenciones.Por resolución del Gerente de la Agencia para el Empleo se han aprobado las siguientes convocatorias públicas de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid:
- Resolución de 5 de julio de 2022 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para los años 2022 y 2023 para la formación y profesionalización en el sector de la hostelería en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo del Sur y Este de la ciudad (EDSE).
- Resolución de 29 de julio de 2022 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios personalizados de inserción, intermediación con empresas y promoción del autoempleo en sectores estratégicos y mejora de las capacidades para la transición ecológica.
- Resolución de 19 de agosto de 2022 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria de la Agencia para el Empleo de Madrid destinada a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen, en la ciudad de Madrid, un proyecto para la formación y profesionalización en el sector audiovisual dirigido a personas desempleadas o demandantes de empleo.
Todas las convocatorias tienen como finalidad impulsar proyectos que tengan por objeto el desarrollo de itinerarios personalizados de inserción, la intermediación laboral, la promoción del autoempleo y la mejora de las competencias a las nuevas demandas de los diferentes sectores.
Para asegurar la ejecución de estas políticas de empleo, y a fin de cumplir con la tramitación, se considera que concurren razones de interés público que aconsejan resolver con la máxima celeridad los expedientes administrativos de concesión de subvenciones públicas que se tramiten al amparo de las mencionadas convocatorias. Facilitando a las entidades que resulten beneficiarias, puedan iniciar los proyectos a la mayor brevedad posible para conseguir la necesaria reactivación económica.
El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su apartado 1 que cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
El apartado 2 del artículo 33 añade que no cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Por todo lo expuesto, se considera que existen razones de interés público que aconsejan resolver la presente convocatoria con la mayor celeridad y eficacia, resultando motivado la aplicación de la tramitación de urgencia, por lo que
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la tramitación de urgencia en los procedimientos relativos a las convocatorias públicas de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid:
- Convocatoria pública de subvenciones para los años 2022 y 2023 para la formación y profesionalización en el sector de la hostelería en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo del Sur y Este de la ciudad (EDSE). (BDNS: 636062).
- Convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios personalizados de inserción, intermediación con empresas y promoción del autoempleo en sectores estratégicos y mejora de las capacidades para la transición ecológica. (BDNS: 641814).
- Convocatoria pública de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen, en la ciudad de Madrid, un proyecto para la formación y profesionalización en el sector audiovisual dirigido a personas desempleadas o demandantes de empleo. (BDNS: 644857).
SEGUNDO.- En consecuencia, se reducirán a la mitad todos los plazos establecidos para los mencionados procedimientos, salvo los relativos a los recursos, no afectando este acuerdo a los plazos para la realización de las actividades ni al establecido para la justificación de las subvenciones.
TERCERO.- Contra la presente resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio del que proceda contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
CUARTO.- La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 7 de septiembre de 2022.- El Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid, José María Meneses Castillo.