Saltar navegación

BOAM nº 7955 (25/07/2017)
Ayuntamiento Pleno

1679

Acuerdo de 20 de julio de 2017 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la concesión de un suplemento de crédito, por importe de 11.006.481,57 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias; Medio Ambiente y Movilidad; y Cultura y Deportes; y Distritos de Retiro y Moncloa-Aravaca).

El Pleno del Ayuntamiento en sesión (23/2017) ordinaria, celebrada el día 20 de julio de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 11.006.481,57 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

• 18.582,68 euros, en la aplicación presupuestaria 001/067/135.10/233.02 "Indemnización por asistencia a tribunales" del programa 135.10 "Samur-Protección Civil" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

• 6.848.119,53 euros, en la aplicación presupuestaria 001/097/161.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales" del programa 161.02 "Suministro hídrico" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

•  4.136.390,27 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/341.02/226.09 "Actividades culturales y deportivas" del programa 341.02 "Coordinación y fomento del deporte" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

•  19,98 euros, en la aplicación presupuestaria 001/203/920.01/215.00 "Reparación, mantenimiento y conservación de mobiliario" del programa 920.01 "Dirección y gestión administrativa del Distrito" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

• 3.369,11 euros, en la aplicación presupuestaria 001/209/326.01/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales" del programa 326.01 "Servicios complementarios educación" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

 

La citada modificación se financia con remanente de tesorería para gastos generales obtenido de la liquidación del Presupuesto del ejercicio 2016.

 

La eficacia de la citada modificación queda condicionada a la aprobación definitiva de la disposición adicional nonagésima segunda de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017".

 

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

 

Madrid, a 20 de julio de 2017.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

 

 

Subir Bajar