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BOAM nº 8779 (30/11/2020)
Agencia Tributaria Madrid

2222

Resolución de 25 de noviembre de 2020 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace pública la concesión de ayudas educación infantil convocatoria 2020 de la Agencia Tributaria Madrid.

El Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 actualmente vigente, recoge en el artículo 33 la ayuda de educación infantil y determina que consistirá en el abono de una ayuda económica, a partir de la incorporación al trabajo de los progenitores o las progenitoras tras la finalización del permiso por parto, adopción o acogimiento y hasta la fecha de inicio del curso escolar del año en que el menor o la menor cumpla tres años de edad.

 

Examinadas las solicitudes de ayuda de educación infantil convocatoria de la Agencia Tributaria Madrid del año 2020 presentadas, se comprueba que cumplen los requisitos establecidos para su concesión.

 

Conforme a lo anterior la Directora de la Agencia Tributaria Madrid, el 16 de noviembre de 2020 adoptó resolución de concesión de ayudas educación infantil para el personal de la Agencia Tributaria Madrid, convocatoria 2019.

 

Las Bases de las Ayudas de Acción Social para 2020, aprobadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de 14 de noviembre de 2019, en el artículo 4, apartado 4, establecen que la información referente a las ayudas de acción social se difundirá y publicitará a través de los siguientes canales de comunicación:

 

- Publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en Ayre de las resoluciones de actos administrativos.

- Publicación en el canal Ayre de información y avisos.

- Consulta individualizada de las ayudas solicitadas en Ayre para el personal municipal.

- Servicio de envío de SMS de acción social para quienes se hayan suscrito al mismo.

 

De conformidad con el artículo 15.1 apartado l), de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, son funciones de la Directora, entre otras, la dirección y gestión de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.

 

En consecuencia con lo anteriormente expuesto,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Hacer pública la adopción de la Resolución de la Directora de la Agencia Tributaria Madrid de 16 de noviembre de 2020, por la que se procede a la concesión de ayudas de educación infantil convocatoria 2020, de la Agencia Tributaria Madrid, conforme a los requisitos específicos establecidos.

 

SEGUNDO.- Ordenar la publicación en el canal Ayre del correspondiente aviso o nota informativa. De este modo se podrá realizar consulta individualizada de las ayudas concedidas, consultando su ayuda en la ruta Ayre | Mi área personal | Mis ayudas | Solicitar una ayuda | Ayudas solicitadas, sin perjuicio de la custodia del expediente original en la sede del Servicio de Coordinación Administrativa y Recursos Humanos de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, 5, 28005 Madrid. Asimismo se remitirá aviso individualizado al correo personal corporativo de las personas beneficiaras, que también se enviará a aquellas personas suscritas al servicio de SMS de acción social de la Agencia Tributaria Madrid.

 

TERCERO.- Contra esta resolución, el personal funcionario, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de conformidad con lo que establece el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y para el personal jubilado y pensionista, a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución.

 

El personal laboral podrá formalizar contra esta resolución demanda ante la vía judicial laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, en la forma y plazos establecidos en la norma citada y en el Estatuto de los Trabajadores.

 

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente conforme determina el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

Madrid, a 25 de noviembre de 2020.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.

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