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BOAM nº 6278 (27/09/2010)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1807

Acuerdo de 23 de septiembre de 2010 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se delega en el Concejal Presidente del Distrito de Villaverde la competencia en materia de gestión patrimonial en relación con la demolición de un inmueble abandonado situado en la calle Verde Viento, 1 A. Distrito de Villaverde.

El Ayuntamiento de Madrid es propietario de la Escuela Infantil "El Rocío", situada en la calle Verde Viento, nº 1 A, que figura en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid con inscripción provisional, número de activo 360000000822 y número de archivo 200349.

 

La escuela fue construida en una parcela con calificación de equipamiento, con el objetivo de prestar sus servicios, fundamentalmente, al asentamiento de infraviviendas ubicado en sus inmediaciones denominado poblado de Plata y Castañar. Dicho asentamiento, previos los oportunos realojos, fue finalmente erradicado en el año 2007.

 

Simultáneamente a la desaparición de este núcleo, el Ayuntamiento de Madrid ha promovido una modificación del Plan General en este ámbito, y el pasado mes de agosto trasladó la Escuela Infantil a una zona próxima, pero dentro de un entramado urbano de reciente implantación. Para ello, previamente se ha construido un nuevo equipamiento, conforme a lo previsto en el Plan Especial de Inversiones acordado para el Distrito de Villaverde con la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos (2006-2011).

 

Durante los últimos años las inversiones realizadas en el inmueble han sido las imprescindibles para su anterior uso, encontrándose inservible en estos momentos no sólo para aquél, sino para cualquier otro de carácter público o patrimonial.

 

Por tales motivos, el edificio de la Escuela Infantil "El Rocío" carece de destino en la actualidad, habiendo perdido su finalidad inicial en el ámbito en el que está ubicado, siendo aconsejable, para facilitar la ejecución del futuro planeamiento, proceder a su demolición.

 

Dado que la gestión de la escuela y la conservación del edificio en que se ubica han correspondido al Distrito de Villaverde y atendiendo también a la circunstancia de que en el propio ámbito del antiguo poblado de Plata y Castañar, el Distrito de Villaverde está realizando otras actuaciones en relación con diversos asentamientos, resulta oportuno que sea también ese Distrito el que acometa la demolición del inmueble.

 

Según el artículo 1.5.1 c) del Acuerdo de 18 de junio de 2007, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, corresponde al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la demolición de los inmuebles de carácter demanial, al no estar dicha competencia expresamente atribuida a otro órgano municipal.

 

Por ello, para que la demolición de la Escuela Infantil "El Rocío" pueda realizarse por el Concejal Presidente del Distrito de Villaverde, resulta necesario que la Junta de Gobierno, conforme a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, avoque puntualmente la mencionada competencia del artículo 1.5.1 c) y la delegue en el Concejal Presidente del Distrito de Villaverde, a los únicos efectos de que por parte del Distrito pueda ejecutarse la mencionada demolición.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 23 de septiembre de 2010,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en el titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública en el artículo 1. 5.1 c) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de junio de 2007 de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

 

Dicha avocación comprenderá, única y exclusivamente, la competencia precisa para la demolición de la antigua Escuela Infantil "El Rocío" localizada en la calle Verde Viento, nº 1 A, que figura en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid con inscripción provisional, número de activo 360000000822 y número de archivo 200349.

 

SEGUNDO.- Delegar en el Concejal Presidente del Distrito de Villaverde la competencia avocada en el apartado primero.

 

TERCERO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

 

CUARTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" a efectos de conocimiento general.

 

Madrid, a 23 de septiembre de 2010.- El Director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado.

 

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