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BOAM nº 6048 (23/10/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

2031

Decreto de 14 de octubre de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer plazas de Colaborador de Diversos Servicios, en ejecución del proceso de Consolidación de Empleo Temporal.

Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta para elevar a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer 4 plazas de Colaborador de Diversos Servicios en ejecución del proceso de Consolidación de Empleo Temporal que fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 22 de septiembre de 2009.

 

La propuesta se realiza de conformidad con lo establecido en las bases específicas aprobadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de fecha 11 de septiembre de 2008.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la competencia para resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2.i) del Acuerdo de 5 de junio de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en sus titulares y en los titulares de sus órganos directivos.

 

Por lo expuesto y en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2.i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de junio de 2008,

   

  DISPONGO

   

Primero.- Elevar a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas, por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de fecha 3 de marzo de 2009, para proveer 4 plazas de Colaborador de Diversos Servicios, en ejecución del proceso de Consolidación de Empleo Temporal, al no haberse presentado ninguna reclamación durante el plazo concedido al efecto.

 

Segundo.- Disponer la publicación del presente Decreto en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de la Ciudad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Tercero.- De conformidad con lo establecido en las bases específicas, la presentación de la Memoria, primera fase de la oposición, se realizará en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Cuarto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. - Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II. - Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III. - Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 14 de octubre de 2009.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.

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