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BOAM nº 8035 (20/11/2017)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

2490

Resolución de 17 de noviembre de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación de la propuesta de resolución provisional de beneficiarios y solicitantes excluidos de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinada a espacios independientes de creación contemporánea 2017.

Una vez emitido informe por la Comisión de Valoración de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinada a espacios independientes de creación contemporánea 2017, con la relación provisional de beneficiarios y solicitantes excluidos, de conformidad con el artículo 16 de la correspondiente convocatoria, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas,

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación oficial de la propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinada espacios independientes de creación contemporánea 2017:

 

Primero.- Proponer la resolución provisional de beneficiarios (Anexo I) y la de solicitantes excluidos (Anexo II) con indicación del motivo de exclusión.

 

Segundo.- La presente propuesta de resolución no crea derecho alguno frente a la Administración a favor de los solicitantes incluidos en la lista provisional de admitidos, como establece el apartado 2 del artículo 16 de las bases de la convocatoria.

 

Los solicitantes admitidos provisionalmente, deberán presentar la documentación referida en el artículo 17 de las bases de la convocatoria y acreditar documentalmente, en su caso, los requisitos del artículo 4 de las mismas, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Transcurrido dicho plazo, sin que se hubiese cumplimentado la documentación o acreditación citadas, se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.

 

Tercero.- Conceder un plazo de 10 días hábiles a computar a partir del siguiente a la publicación de la propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para presentar alegaciones.

 

Cuarto.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 16.1 de las bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 17 de noviembre de 2017.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, María Teresa Jiménez Ortiz.

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