BOAM nº 6141 (12/03/2010)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
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Resolución de 10 de marzo de 2010 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se convoca un puesto de trabajo para su provisión por el procedimiento de Libre Designación LD-IAM 1/2010.De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y en uso de las competencias previstas en el artículo 15 k) de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, aprobados en fecha 29.06.2004 (BOAM 02.07.2004)
RESUELVO
PRIMERO. Convocar por el procedimiento de Libre Designación el puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I.
SEGUNDO. El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo en la relación de puestos de trabajo.
TERCERO. Las personas interesadas dirigirán su solicitud al Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Subdirección General de Recursos Humanos y Administración, calle Albarracín, 33, Madrid, en el modelo de instancia publicado como Anexo II de la presente Resolución, presentando las instancias en el Registro del propio Organismo Autónomo, en los restantes Registros del Ayuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
CUARTO. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
QUINTO. Los aspirantes acompañarán a la solicitud el "currículum vitae", en el que figuren los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos de formación realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.
SEXTO. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha en que se publique esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 10 de marzo de 2010.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Jorge García Reig.