BOAM nº 9315 (01/02/2023)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias
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Decreto de 30 de enero de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se nombra el Tribunal Calificador del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de concurso-oposición libre, de 22 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por militares profesionales de tropa y marinería, con más de 5 años de servicio, en ejecución de sentencia n.º 449/2020, de 11 de noviembre, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 de Madrid.Mediante Resolución de 3 de agosto de 2022 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», número 9.195, de 5 de agosto de 2022), se convocaron las pruebas selectivas para la provisión, por el sistema de concurso-oposición libre, de 22 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por militares profesionales de tropa y marinería con más de 5 años de servicio, en ejecución de la sentencia n.º 449/2020, de 11 de noviembre, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 14 de Madrid.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias la competencia para el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección del Cuerpo de Policía Municipal, de conformidad con el apartado 3.º 2.9 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.
Asimismo, en el apartado 4.º 2.1 del mencionado acuerdo se establece que por parte del Coordinador de Seguridad y Emergencias se elevará la propuesta de nombramiento de los miembros que componen los tribunales de selección de los procesos selectivos del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.
Se significa que las personas propuestas reúnen los requisitos establecidos en la Base 3 de las Específicas de la convocatoria, aprobadas por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias de fecha 7 de junio de 2022, publicadas en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 9.155, de 9 de junio de 2022, y en la Base 7.3. de las Generales por las que se rige el proceso selectivo, publicadas en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 8.683, de 14 de julio de 2020, y en el resto del Ordenamiento.
En el punto tercero de la mencionada Base 7.3 de las Generales se establece que los Tribunales de Selección estarán constituidos por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a con voz y voto, y un mínimo de tres Vocales, así como los correspondientes suplentes, sin que puedan formar parte de ellos el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos, el personal eventual y el personal laboral o funcionario que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo en centros de preparación de opositores/as.
Asimismo, establece que todos los miembros deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera, no pudiendo estar formados mayoritariamente por funcionarios pertenecientes al mismo Cuerpo, Escala o Categoría, objeto de la selección.
Además, todos ellos deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.
Por otra parte, en cumplimiento de la Base 3 de las Específicas que rigen el proceso selectivo y del artículo 40.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, se incluye en la propuesta a una persona representante de la Comunidad de Madrid, así como su correspondiente suplente.
Por último, tal y como establece la aludida base 7.3 de las Generales, a las pruebas selectivas asistirá un observador del desarrollo del procedimiento selectivo, con voz y sin voto, designado a propuesta de las organizaciones sindicales entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, no siendo necesario que posea titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.
En ejercicio de las competencias atribuidas y en base a la propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias,
DISPONGO
PRIMERO.- Nombrar miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión, por el sistema de concurso-oposición libre, de 22 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por militares profesionales de tropa y marinería con más de 5 años de servicio, en ejecución de la sentencia n.º 449/2020, de 11 de noviembre, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 14 de Madrid, convocadas por Resolución de 3 de agosto de 2022 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», número 9.195, de 5 de agosto de 2022), a las siguientes personas:
PRESIDENTE/A:
Titular: Javier Espinosa Gómez.
Suplente: Agustín Alarcón Alonso.
SECRETARIO/A:
Titular: Carmen Calvo Domínguez.
Suplente: M.ª Isabel Melus Gil.
VOCALES:
Titular: Esteban Alonso Tejedor.
Suplente: Javier Ruiz Gil.
Titular: Rocío Ramos Mostaza.
Suplente: Piedad de Pedro García.
Titular: Mercedes Prados Jiménez.
Suplente: M.ª Ángela Franco Vega
SEGUNDO.- Nombrar observadores del desarrollo del proceso selectivo a las siguientes personas:
Titular: Marino Perales Perales.
Suplente: César Ruiz Esteo.
TERCERO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).
Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó el decreto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del presente decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).