Saltar navegación

BOAM nº 10000 (05/11/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

4097

Resolución de 31 de octubre de 2025 del Director General de Función Pública por la que se conceden ayudas de tratamiento psicológico o psiquiátrico correspondientes a la convocatoria de 2025 del Ayuntamiento de Madrid.

En el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, número 8.307, de 2 de enero de 2019, se publicó el Acuerdo de 27 de diciembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba el Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos para el período 2019-2022, actualmente vigente, que regula en el artículo 41 la ayuda de tratamiento psicológico o psiquiátrico:

 

"Consistirá en el abono de una ayuda económica destinada a compensar, en parte, los gastos ocasionados por tratamientos psicológicos o psiquiátricos no farmacológicos del propio personal municipal, su cónyuge, pareja de hecho o sus hijos e hijas.

 

Podrá solicitar esta ayuda el personal a que se refiere el artículo 27.1 y 27.2 del citado acuerdo-convenio. Para generar el derecho a esta ayuda se estará a los términos exigidos en las bases específicas de la ayuda de tratamiento psicológico o psiquiátrico, si bien, en cualquier caso, será requisito indispensable acreditar que se trata de tratamientos prescritos por un facultativo del Sistema Público de Salud".

 

Por su parte, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, número 9.766, de 25 de noviembre de 2024, se publicó el Acuerdo de 21 de noviembre de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2025 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social. Las bases específicas que regulan la ayuda de tratamiento psicológico o psiquiátrico establecen los servicios objeto de la ayuda, requisitos, incompatibilidades específicas y/o exclusiones, así como la documentación que debe acompañarse.

 

El Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2025, aprobado por Acuerdo de 23 de diciembre de 2024 del Pleno, establece en el apartado 2 de su disposición adicional decimotercera, Procedimientos en materia de acción social, que la Administración municipal proporcionará a los cargos electos y a los titulares de los órganos directivos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, durante el periodo temporal del ejercicio del cargo, las ayudas de acción social que se soliciten, en los términos y condiciones previstas para los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.

 

Examinadas las solicitudes y documentación aportada, se comprueba la identidad sustancial de los expedientes individuales de solicitud de ayuda de tratamiento psicológico o psiquiátrico realizadas por el personal municipal del Ayuntamiento de Madrid que se relaciona en el expediente y que cumple los requisitos establecidos para su concesión por el concepto e importe individual que en el mismo se indica, por lo que, de conformidad con el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su acumulación.

 

El órgano gestor de acción social podrá requerir en cualquier momento a las personas beneficiarias los documentos originales justificativos de las ayudas y estas están obligadas a comunicar cualquier variación de las condiciones de concesión de las ayudas.

 

El gasto total de ayudas propuestas para su concesión es de 857.800,36 euros que deberá ser imputado al Presupuesto Municipal de Gastos vigente en las aplicaciones presupuestarias 001/140/22101/16109, 001/140/22101/16204 y 001/140/22101/16203.

 

Sin perjuicio de la custodia del expediente original en la sede de la Dirección General de Función Pública, calle Bustamante, 16, 28045 Madrid, órgano gestor de acción social del Ayuntamiento de Madrid, la persona solicitante podrá consultar la información individual de la ayuda solicitada en la aplicación de acción social, accediendo a través de la intranet municipal Ayre.

 

Quien hubiera cesado y haya dejado de formar parte de la organización del Ayuntamiento de Madrid o sus organismos autónomos, o se encontrara en la situación administrativa de servicios especiales, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar, servicio en otras Administraciones públicas, suspensión de funciones o excedencia voluntaria por situación de servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquiera de las Administraciones públicas, podrá acceder a la aplicación de acción social identificándose electrónicamente en https://exempleado.madrid.es.

 

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 16.º 1.3.c)  y 16.2.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, previo informe de conformidad emitido por la Intervención Delegada en Recursos Humanos

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Acumular los expedientes individuales de concesión de ayudas de tratamiento psicológico o psiquiátrico del año 2025, dada su identidad sustancial.

 

SEGUNDO.- Conceder las ayudas de tratamiento psicológico o psiquiátrico, convocatoria 2025, al personal relacionado en el presente expediente, por el concepto e importe individual que en el mismo se indica.

 

TERCERO.- Imputar el gasto derivado de la concesión de las anteriores ayudas por importe de 857.800,36 euros, que se efectuará junto con el expediente de nómina mensual a las siguientes aplicaciones presupuestarias del vigente Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Madrid:

 

·  46.270.00 euros a la aplicación 001/140/22101/16109.

·  3.100,00 euros a la aplicación 001/140/22101/16203.

·  808.430,36 euros a la aplicación 001/140/22101/16204.

 

CUARTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es).

 

QUINTO.- Ordenar la inserción de la información relativa a las solicitudes de ayuda de tratamiento psicológico o psiquiátrico concedidas en la aplicación de acción social en la fecha de publicación de la presente resolución.

 

Subir Bajar