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BOAM nº 9737 (14/10/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

3472

Resolución de 10 de octubre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se modifica la resolución por la que se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer 46 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar TIC de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución de 16 de septiembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.227, de 21 de septiembre de 2022), fueron convocadas pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración para proveer 46 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar TIC de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.

 

Concluidas las pruebas selectivas, el Director General de Planificación de Recursos Humanos dispuso, por Resolución de 6 de agosto de 2024 la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aprobados del proceso selectivo (BOAM núm. 9.691, de 8 de agosto de 2024).

 

Por acuerdo del Órgano de Selección publicado en el Tablón de Edictos de 24 de julio de 2024 se publica la relación de aprobados del proceso selectivo de las pruebas selectivas convocadas para el acceso a la categoría de Técnico/a Auxiliar TIC del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra dicho acuerdo se interponen diversos recursos de alzada alegando distintas cuestiones referentes a la puntuación por ellos obtenida.

 

Por Resolución de 18 de septiembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos se han estimado varios de los recursos interpuestos en el sentido de que debe actualizarse la puntuación y el orden de los aspirantes, disponiendo la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción conforme lo previsto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

 

Asimismo, advertida la necesidad de modificar algunas de las características de los puestos de trabajo que fueron ofertados a los aspirantes, se dispone de nuevo la publicación de los mismos de acuerdo con la modificación efectuada.

 

Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM número 172, de 21 de julio de 2023).

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- Modificar el anexo de la Resolución de 6 de agosto de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer 46 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar TIC de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid, con indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos; consistente en el cambio de puntuación y de orden de los candidatos/as.

 

SEGUNDO.- Modificación de las características de los puestos 30211405 y 30172722 del Anexo I de los puestos ofertados en el proceso selectivo.

 

TERCERO.- Disponer la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de los aspirantes incorporada como anexo a la presente resolución con indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos, tras la estimación de algunos de los recursos interpuestos.

 

CUARTO.- Iniciar nuevo plazo de entrega de documentación para que los aspirantes propuestos que, como consecuencia de la modificación del orden de los aspirantes aprobados y de las características de los dos puestos modificados, quisieran cambiar la solicitud de adjudicación de destinos inicialmente presentada, puedan presentar dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid:

 

- Modelo de instancia normalizada denominada "ANEXO II. SOLICITUD DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS", que podrá descargarse de la web municipal, debidamente cumplimentada.

 

QUINTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en BOAM y en la página web municipal www.madrid.es.

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 10 de octubre de 2024.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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