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BOAM nº 7284 (30/10/2014)
Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias

2016

Decreto de 24 de octubre de 2014 del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias por el que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer 46 plazas de la Categoría de Cabo del Cuerpo de Policía Municipal.

Mediante Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias de fecha 28 de abril de 2014 se convocaron pruebas selectivas para proveer 46 plazas de la categoría de Cabo del Cuerpo de Policía Municipal, siendo publicadas las listas provisionales de admitidos y excluidos en el BOAM de fecha 23 de septiembre de 2014.

Finalizado el plazo de reclamaciones para subsanar los motivos de exclusión, según lo dispuesto en el apartado 2 de la base quinta del proceso selectivo, procede la aprobación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las mencionadas pruebas.

De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 5 de julio de 2013, corresponde al titular del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias la competencia para resolver la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Cabo del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid.

Por lo que, en virtud de lo expuesto y en uso de las competencias delegadas por el precitado Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 5 de julio de 2013,

 

DISPONGO

 

Primero.- Estimar las reclamaciones presentadas por los aspirantes que se relacionan en el Anexo I, a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas convocadas para proveer 46 plazas de Cabo, al haber acreditado estar en posesión de todos los requisitos exigidos en las bases que rigen el proceso selectivo subsanando así el motivo de exclusión.

Segundo.- Desestimar las reclamaciones presentadas por los aspirantes que se relacionan en el Anexo II, por los motivos que en el mismo se indican.

Tercero.- Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas mediante Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias de fecha 28 de abril de 2014 para proveer 46 plazas de la categoría de Cabo del Cuerpo de Policía Municipal, incluyendo las modificaciones referidas en los Anexo I y Anexo II que se unen al presente Decreto. Asimismo se incluye en la lista definitiva de excluidos a aquellos aspirantes que no han presentado alegaciones para subsanar los motivos de su exclusión en el plazo establecido al efecto.

Cuarto.- Disponer la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid, figurando las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo establecido en el apartado 5.2 de las Bases que rigen el proceso selectivo.

Quinto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 24 de octubre de 2014.- El Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, José Enrique Núñez Guijarro.

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