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BOAM nº 7446 (03/07/2015)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1462

Acuerdo de 2 de julio de 2015 de la Junta de Gobierno por el que se aprueba el Acuerdo de 1 de julio de 2015 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre adaptaciones de puestos de conductor de cargo electo.

Mediante Acuerdo de 3 de agosto de 2010 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, aprobado por Acuerdo de 3 de septiembre de 2010 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprobaron y regularon las nuevas tipologías de puestos de trabajo de conductor y las medidas a adoptar en el conjunto de dichos puestos de la Administración municipal.

 

Ello supuso la supresión y modificación de los tipos de puestos de conductor existentes hasta esa fecha y la creación de dos tipos de puestos de conductor, a saber, "conductor de cargo electo" y "conductor de incidencias".

 

Por los órganos de gobierno de la Corporación recientemente constituida, en la voluntad de profundizar en la mejora de la eficiencia de la Administración municipal, se ha adoptado la decisión de suprimir el uso exclusivo de vehículo por los Concejales de los Distritos y por los Concejales de los Grupos Políticos, excepción hecha de sus Portavoces.

 

En consecuencia, se hace necesario adaptar con inmediatez la situación del personal que venía desempeñado puestos de trabajo de "conductor de cargo electo", sin perjuicio de la regulación que proceda con carácter definitivo, una vez se realicen los oportunos estudios en relación al colectivo de conductores de la Administración municipal.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, al tratarse de medidas con repercusión en las condiciones de trabajo del personal municipal, funcionario y laboral, se ha llevado a efecto la preceptiva negociación en el seno de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, que con esta finalidad se ha reunido en sesiones celebradas los días 30 de junio y 1 de julio de 2015, habiéndose alcanzado acuerdo al respecto.

 

En consecuencia, en aplicación de lo establecido en el artículo 38.3 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, el órgano competente para la aprobación de este Acuerdo es la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

 

En su virtud, vista la propuesta de la Gerente de la Ciudad que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 2 de julio de 2015,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos de fecha 1 de julio de 2015 sobre adaptaciones de puestos de conductor de cargo electo, suscrito por la Administración y las organizaciones sindicales CC OO, UGT, CSI-F, Federación CITAM-UPM y CGT, que se incorpora como Anexo al presente Acuerdo.

 

SEGUNDO: Facultar al Gerente de la Ciudad para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este Acuerdo.

 

TERCERO.- Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 2 de julio de 2015.- La Secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

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