BOAM nº 10113 (24/04/2026)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
1510
Resolución de 22 de abril de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se convocan 26 plazas por turno libre para el acceso, como personal funcionario de carrera, a la categoría de Técnico/a Medio de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ayuntamiento de Madrid.Por Acuerdo de 27 de noviembre de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el año 2025 (BOAM núm. 10.017, de 1 de diciembre de 2025), que incluye 19 plazas de turno libre de Técnico/a Medio de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ayuntamiento de Madrid (de las cuales se reservan 2 plazas para el cupo de discapacidad).
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 20.Tres de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el Año 2023, se incorporan 7 plazas, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2023, que quedaron sin cubrir en el anterior proceso selectivo de Técnico/a Medio de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ayuntamiento de Madrid, convocado por Resolución de 1 de octubre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.731, de 4 de octubre de 2024).
De conformidad con la base tercera de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección, por turno libre, de personal funcionario de carrera, aprobadas por Resolución de 28 de enero de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.055, de 30 de enero de 2026), de las plazas que se incorporan correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2023, una plaza se reserva para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad.
Por otro lado y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y en el III Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 28 de diciembre de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 9.547, de 11 de enero de 2024) consta en el presente expediente de convocatoria informe de impacto de género en aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023), corresponde al director general de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar y resolver los procesos selectivos de personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, tanto de turno libre como de promoción interna, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
En su virtud
RESUELVO
PRIMERO.- Convocar pruebas selectivas para proveer, por turno libre, 26 plazas (19 plazas correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2025, y 7 plazas correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2023 que quedaron sin cubrir en el anterior proceso selectivo convocado por Resolución de 1 de octubre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos) de personal funcionario de carrera de la categoría Técnico/a Medio de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ayuntamiento de Madrid, encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, grupo A, subgrupo A2, de los establecidos en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su disposición transitoria tercera.
De las 26 plazas convocadas, 3 plazas se reservan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
SEGUNDO.- El proceso selectivo para el acceso a esta categoría se regirá por las bases específicas contenidas en la Resolución de 24 de febrero de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.075, de 27 de febrero de 2026).
TERCERO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 19,35 euros, según lo previsto en el apartado 5.2 de las bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección, por turno libre, de personal funcionario de carrera, aprobadas por Resolución de 28 de enero de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.055, de 30 de enero de 2026).
CUARTO.- El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente dando comienzo el/la opositor/a cuyo primer apellido comience con la letra U de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Función Pública el día 24 de julio de 2025 (Boletín Oficial del Estado núm. 184, de 1 de agosto de 2025).
QUINTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Todas las personas que participen en este proceso selectivo están obligadas a relacionarse con la Administración municipal a través de medios electrónicos, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid y en la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, aprobada por Acuerdo de 26 de febrero de 2019 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid (artículo 38.2 y anexo).
Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud y el pago de la tasa por derechos de examen por el canal electrónico a través del enlace "Registro electrónico" disponible en "Tramitar en línea". Una vez realizado el pago deberán firmar y registrar la solicitud.
En todo caso, será preciso conservar el documento de autoliquidación que genera la aplicación una vez realizado el pago, puesto que es obligatorio para presentar la solicitud.
Los/las aspirantes quedan vinculados/as a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada esta, sólo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
SEXTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, así como un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.