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BOAM nº 6972 (30/07/2013)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

1567

Decreto de 16 de julio de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que rectifica el error material advertido en el Decreto de 12 de junio de 2013, por el que se aprueban las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas de Músico de la Banda Sinfónica Municipal del Ayuntamiento de Madrid en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario y se convocan plazas de dicha categoría.

Mediante Decreto de 12 de junio de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública (BOAM número 6.960 de 12 de julio de 2013) se aprobaron las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas de Músico de la Banda Sinfónica Municipal del Ayuntamiento de Madrid en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario y se convocan plazas de dicha categoría.

 

Advertido error material en el referido Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de la competencia atribuida en la Disposición Adicional Primera.3, párrafo segundo del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 17 de enero de 2013 por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos,

 

DISPONGO

 

Primero.- Rectificar el error material advertido en el Anexo del Decreto de 12 de junio de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueban las bases específicas que han de regir la convocatoria de pruebas selectivas de Músico de la Banda Sinfónica Municipal del Ayuntamiento de Madrid en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario, en el siguiente sentido:

 

- Base Tercera. Requisitos de los aspirantes, párrafo primero: donde dice: "Profesor Superior de Tuba o similar" debe decir: "Profesor Superior de Tuba (Bombardino)".

 

- Base Quinta. Calificación del proceso selectivo, apartado 5.1.2 Valoración de méritos, A) Experiencia profesional:

 

Donde dice:

 

"Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos como funcionario interino o como personal laboral temporal o indefinido no fijo en la categoría de Músico de la Banda Sinfónica Municipal, o en otras que se determinen funcionalmente iguales a la misma, aunque su denominación difiera. Estos servicios se valorarán a razón de 0,35 puntos por cada mes de servicio.

 

Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas como funcionario interino o como personal laboral temporal o indefinido no fijo en la categoría de Músico de la Banda Sinfónica Municipal, o en otras que se determinen funcionalmente iguales a la convocada por el Ayuntamiento de Madrid, aunque su denominación difiera. Estos servicios se valorarán a razón de 0,18 puntos por cada mes de servicio.

 

En ningún caso la puntuación por experiencia profesional podrá exceder de 45 puntos".

 

Debe decir:

 

"Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos como funcionario interino o como personal laboral temporal o indefinido no fijo en la categoría de Músico de la Banda Sinfónica Municipal (Trombón, Percusión, Tuba (Bombardino), Trompeta y Clarinete) o en otras que se determine funcionalmente iguales a la misma, aunque su denominación difiera. Estos servicios se valorarán a razón de 0,35 puntos por cada mes de servicio.

 

Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas como funcionario interino o como personal laboral temporal o indefinido no fijo en la categoría de Músico de la Banda Sinfónica Municipal (Trombón, Percusión, Tuba (Bombardino), Trompeta y Clarinete) o en otras que se determinen funcionalmente iguales a la convocada por el Ayuntamiento de Madrid, aunque su denominación difiera. Estos servicios se valorarán a razón de 0,18 puntos por cada mes de servicio.

 

En ningún caso la puntuación por experiencia profesional podrá exceder de 45 puntos".

 

- Base Sexta. Presentación de documentos, párrafo segundo:

 

Donde dice:

 

"- Fotocopia y original de la titulación que se posea de las que se indican a continuación.

 

- Profesor Superior de Tuba o similar".

 

Debe decir:

 

"- Fotocopia y original de la titulación que se posea de las que se indican a continuación.

 

- Profesor Superior de Tuba (Bombardino)".

 

Sustituir el documento MÉRITOS FASE DE CONCURSO por el que figura como Anexo.

 

Madrid, a 16 de julio de 2013.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.

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