BOAM nº 7686 (22/06/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas
1448
Resolución de 25 de mayo de 2016 del Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se requiere para la aportación de documentación a S. D. T. V., con Documento Nacional de Identidad número 52900545Q, expediente 117/2016/1716.De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la presente resolución por la que se requiere a S. D. T. V., con Documento Nacional de Identidad número 52.900.545-Q, para que aporte la documentación requerida en el expediente 117/2016/1716, de conformidad con la Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de los animales (aprobada por Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, BOCM de 31 de agosto de 2001).
El texto íntegro de esta resolución, así como el expediente tramitado, podrán ser consultados por el/los interesado/s en el Negociado de Servicios Sanitarios del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
Se le concede el plazo de diez días hábiles que contará a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón Edictal del Boletín Oficial del Estado para:
Presentar la documentación del perro de raza potencialmente peligrosa (Rottweiler), consistente en: cartilla de vacunación actualizada, certificado de identificación censal del animal, seguro de responsabilidad civil (en el que deberá aparecer S. D. T. V., como asegurado), licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y certificado de inscripción en el Registro de animales potencialmente peligrosos. Artículos 5, 6.2, 8.1, 9.1 y 14 de la precitada ordenanza.
De manera inmediata:
Realizar las salidas del perro de raza potencialmente peligrosa implicado en las denuncias de policía municipal en espacios públicos o privados de uso común en todo momento bajo el control de una persona responsable mayor de edad. Siendo obligatoria la utilización de bozal y correa resistente de menos de 2 metros de longitud. Artículo 16.2 de la precitada ordenanza.
Siempre que se encuentre el perro de raza potencialmente peligrosa en espacios públicos o privados de uso común, la persona que lo conduzca y controle deberá llevar consigo la licencia administrativa y la certificación de inscripción del perro en el Registro municipal de animales potencialmente peligrosos. Artículo 8.1 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999 sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
Apercibiéndole de que en caso de incumplimiento y por tratarse de infracciones calificadas de graves y muy graves en la precitada ordenanza reguladora de la tenencia y protección de los animales, le serán impuestas las sanciones administrativas correspondientes, previa instrucción del oportuno expediente previsto según la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dicha documentación se podrá presentar en cualquiera de los registros de las Juntas Municipales de Distrito y en los registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o en cualquiera de los lugares y formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, indicando el número de expediente.
Madrid, a 25 de mayo de 2016.- El Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.