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BOAM nº 7746 (19/09/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas

1964

Resolución de 15 de septiembre de 2016 de la Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de la reiteración de orden de ejecución de obras con imposición de multa coercitiva efectuada a Obras Cofirsa, S.L., expediente número 117/2012/02822.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la resolución de reiteración de orden de ejecución de obras con imposición de multa coercitiva en la calle Jaime Hermida, 10, expediente número 117/2012/02822, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística y Procedimiento Sancionador del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

 

El/la Coordinador/a de este Distrito, en virtud de las atribuciones conferidas mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (BOCM núm. 267, de 10 de noviembre de 2015), y en virtud del apartado 8 del punto primero de la Resolución del Director de la Agencia Tributaria de 30 de diciembre de 2015 (Boletín de la Comunidad de Madrid núm. 8, de 11 de enero de 2016), ha aprobado, por Resolución de fecha 30 de junio de 2016, lo siguiente:

 

"Reiterar a Obras Cofirsa, S.L., la orden de ejecución aprobada mediante resolución de fecha 11 de abril de 2014, e imponer la 1.ª multa coercitiva de 1.000 euros por incumplimiento de la citada resolución, relativa a las deficiencias existentes en el solar sito en calle Jaime Hermida, 10, concediéndole un nuevo plazo, en su caso, para el inicio de las obras ordenadas de un mes, y otro de inmediato para la finalización de las mismas y/o la presentación de la documentación obligatoria. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el artículo 52 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 45 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, señalándose en este mismo precepto que, en el caso de no realizar los trabajos y obras ordenados en el nuevo plazo otorgado para su inicio, o los paralice una vez iniciados, incumpliendo el plazo otorgado para su terminación, salvo prórroga al efecto, o no los cumpla en los términos ordenados en la orden de ejecución o no presente la documentación preceptiva, se reiterará la orden de ejecución, imponiéndole una nueva multa de 2.000 euros".

 

Madrid, a 15 de septiembre de 2016.- La Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas, Delia Berbel Aguilera.

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