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BOAM nº 5973 (09/07/2009)
Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende

1406

Resolución de 1 de julio de 2009 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de una bolsa de empresas para participar en el Contrato de servicios para la constitución de Comités de Innovación como herramienta para la innovación en las empresas industriales del Distrito de Villaverde.

Por el Departamento de Fomento a la Innovación Empresarial de la Agencia se ha formulado propuesta de convocatoria de proceso selectivo para la constitución de una bolsa de empresas para participar en el "Contrato de servicios para la constitución de Comités de Innovación como herramienta para la innovación en las empresas industriales del Distrito de Villaverde, cofinanciado en un 50% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional a través del programa operativo FEDER de la Comunidad de Madrid 2007-2013". Dicha bolsa tiene como finalidad la selección de empresas de forma que se garanticen los principios de igualdad, no discriminación y libre concurrencia en el acceso al citado programa de implantación de Comités de Innovación.

 

Corresponde al Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1.m) de los Estatutos del Organismo Autónomo de 27 de abril de 2004 (B.O.C.M. nº 256, de 27 de octubre de 2004).

 

En consecuencia, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 15.1.m) de los mencionados Estatutos de 27 de abril de 2004 y del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 23 de junio de 2006,

 

RESUELVO

 

Primero.- Convocar un proceso selectivo para la constitución de una bolsa de empresas seleccionadas en convocatoria pública por el Organismo Autónomo Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende para participar en el programa de implantación de Comités de Innovación en el Distrito de Villaverde. La convocatoria pública, que aparece como Anexo I, se regirá por las bases que se incorporan como Anexo II a esta Resolución.

 

Segundo.- El plazo de admisión de instancias para tomar parte en el presente proceso selectivo será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente Resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya jurisdicción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 1 de julio de 2009.- El Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende, José Ignacio Ortega Cachón.

 

ANEXO I

 

CONVOCATORIA PARA INICIAR UN PROCESO SELECTIVO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE EMPRESAS QUE PARTICIPARÁN EN EL "CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE COMITÉS DE INNOVACIÓN COMO HERRAMIENTA PARA LA INNOVACIÓN EN LAS EMPRESAS INDUSTRIALES DEL DISTRITO DE VILLAVERDE", COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE LA COMUNIDAD DE MADRID 2007-2013

 

La Agencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende" tiene por finalidad desarrollar las políticas municipales en materia de promoción económica de la ciudad de Madrid, con un enfoque prioritario de reequilibrio territorial, a través de la realización de actuaciones en los ámbitos de las infraestructuras empresariales, el fomento de la innovación, el fomento de la competitividad de las PYME's y el espíritu emprendedor, el desarrollo de proyectos europeos, la internacionalización y el análisis de la economía madrileña y, en general, a través de todas aquellas actuaciones que puedan resultar favorables para el desarrollo y el reequilibrio económico y social de la ciudad.

 

En el marco del Plan Operativo de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid 2007-2011, del Plan Estratégico de la Agencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende" 2008-2011 y del Plan de Mejora de Áreas Industriales y Empresariales de la Ciudad de Madrid, "Madrid Emprende" lleva a cabo actuaciones para el fomento de la innovación en empresas industriales en coordinación con los Agentes económicos y sociales. Una de estas actuaciones se desarrollará a través de la implantación de "Comités de Innovación", acciones conducentes a apoyar a las empresas industriales de Madrid, impulsando y promoviendo el desarrollo económico y competitivo de la ciudad y de su tejido empresarial, y encaminadas a potenciar la cultura innovadora en las PYME´s industriales madrileñas.

 

Con la creación de los Comités de Innovación se pretende ayudar a las empresas a implantar internamente procesos de innovación que se transformen en un incremento de beneficios y en una mayor competitividad, innovando en cualquier área de la cadena de valor. Estas unidades de innovación están compuestas por miembros de la propia empresa, y su estructura organizativa comprende todos los ámbitos de la organización de la empresa.

 

La innovación dentro de una empresa debe ser entendida como un proceso interno de negocio esencial, liderado y apoyado por la alta dirección de la misma. Entre las tareas del Comité de Innovación se encuentran:

 

- Desarrollar el modelo de negocio de la empresa, identificando las auténticas necesidades de la misma, en función del mercado y los clientes.

 

- Aprobar los ejes estratégicos de innovación en la empresa.

 

- Proponer la composición de los equipos de las Unidades de Innovación.

 

- Análisis y selección de ideas para los Proyectos.

 

- Aprobar la planificación de los Proyectos de Innovación.

 

- Decidir la creación del Comité de Iniciativas Estratégicas.

 

- Medición y seguimiento de la cultura innovadora en la empresa.

 

- Actualizar y dirigir las etapas del proceso de dirección de la innovación.

 

- Realización de vigilancia tecnológica (captación y análisis de información científico-tecnológica que sirva de apoyo en los procesos de toma de decisiones) para extraer información relevante sobre tendencias tecnológicas, novedades, invenciones, potenciales socios o competidores y aplicaciones tecnológicas emergentes, a la vez que se contemplan aspectos regulatorios.

 

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