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BOAM nº 8103 (28/02/2018)
Área de Gobierno de Economía y Hacienda

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Decreto de 22 de febrero de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la Instrucción 1/2018 por la que se regulan los procedimientos de alta, baja y cambio de titularidad de los suministros de electricidad, gas y agua.

El Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda atribuye en su artículo 3 apartados 1.3 y 4.2 a) al titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda la competencia para (i) dictar instrucciones para dirigir la actividad de los órganos y organismos que integran el Área de Gobierno, así como para (ii) ordenar, dirigir y coordinar la contratación administrativa, y en el apartado 4.2.2 b) la competencia para contratar de forma centralizada aquellos bienes y servicios declarados de uniformidad para la utilización común o de gestión centralizada, sin perjuicio de la competencia atribuida a la Dirección General de Contratación y Servicios.

 

El suministro de electricidad, gas y agua está considerado de gestión centralizada, de conformidad con lo previsto en el Decreto de 22 de diciembre de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se regula la adquisición de bienes y servicios de adquisición centralizada en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, sin que ello sea óbice para que prácticamente todas la Áreas de Gobierno y Distritos tengan la necesidad de efectuar ciertos trámites para la gestión de las altas, bajas y/o cambios de titularidad, lo que provoca numerosas dudas, especialmente en lo que a los procedimientos y documentos necesarios para ello se refiere.

 

En este sentido, el artículo 7 apartado 1.1 b) del citado Acuerdo de la Junta de Gobierno atribuye a la Dirección General de Contratación y Servicios la competencia específica para gestionar los suministros de gas, electricidad, agua, combustibles, etc. correspondientes a edificios o dependencias municipales, así como el seguimiento y control de sus consumos formulando las propuestas de medidas oportunas para obtener la mayor eficiencia energética y ahorro en el gasto.

 

Asimismo, dicho Acuerdo en su artículo 7, apartado 2 a), atribuye a la Dirección General de Contratación y Servicios la competencia para realizar la ordenación de los procedimientos de contratación administrativa, así como la normalización de los documentos en la materia.

 

A la vista de lo anterior y dado que la gestión de los suministros energéticos y de agua requiere de una estrecha colaboración y coordinación con las diferentes Áreas de Gobierno, Distritos y Organismos Autónomos, como responsables de la gestión y mantenimiento de las dependencias municipales y centros de consumo de su titularidad, se considera oportuno establecer y publicar los procedimientos estandarizados y documentación normalizada, de cara a facilitar a todos los centros de consumo municipal la realización de las gestiones más frecuentes de altas, bajas y cambios de titularidad de los citados suministros, con el objetivo de hacer efectivos, a través de las técnicas de racionalización de la contratación, los principios de eficiencia, transparencia y utilización de medios electrónicos en la gestión de los recursos públicos, y, especialmente, de ahorro y eficiencia energética.

 

En concreto, los objetivos principales de esta Instrucción son los siguientes:

 

• Sistematizar y homogeneizar los procedimientos de alta, baja y cambio de titularidad de los contratos de suministros de gas, electricidad y agua correspondientes al ámbito competencial de la Dirección General de Contratación y Servicios.

 

• Difundir los procedimientos relacionados con la gestión de los suministros energéticos citados entre los técnicos responsables de la conservación y mantenimiento de los edificios y centros de consumo municipales al objeto de mejorar la comunicación entre dichos técnicos y la Dirección General de Contratación y Servicios, a fin de agilizar la tramitación de los procedimientos.

 

• Evitar y resolver, en caso de que existieran, situaciones irregulares e incidencias relacionadas con las acometidas de los distintos suministros de electricidad, gas y agua en los centros de consumo municipales.

  

Finalmente, a efectos aclaratorios, interesa señalar que se encuentran excluidos de la presente Instrucción los trámites relativos a la gestión de la energía eléctrica del alumbrado público y semáforos, así como los relativos a la gestión del agua que no correspondan a edificios municipales, tales como zonas verdes, hidrantes, etc.

 

En virtud de todo lo anterior, y en uso de las facultades previstas en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, conforme con lo previsto en el artículo 3, apartados 1.3 y 4.2 a), en materia de contratación municipal,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la Instrucción 1/2018 por la que se establecen los procedimientos para el alta, baja y cambio de titularidad de los suministros de energía eléctrica, gas y agua relativos a los centros de consumo municipal.

 

SEGUNDO.- Facultar a la Dirección General de Contratación y Servicios para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo e implementación de la presente Instrucción 1/2018, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

 

TERCERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

CUARTO.- La presente Instrucción, desde su entrada en vigor, sustituye y deroga a cualquier otra instrucción, circular o resolución anterior que se le oponga y/o cuyo contenido contravenga lo dispuesto en el mismo.

 

Madrid, a 22 de febrero de 2018.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Jorge García Castaño.

 

INSTRUCCIÓN 1/2018 POR LA QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE ALTA, BAJA Y CAMBIO DE TITULARIDAD DE LOS SUMINISTROS DE ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA

 

INDICE

 

 

1. SUMINISTROS DE ELECTRICIDAD.

 

1.1. Solicitud de contratación (alta) de punto de suministro eléctrico.

1.2. Solicitud de baja de punto de suministro eléctrico.

1.3. Solicitud de modificación de potencia contratada.

1.4. Solicitud de cambio de titularidad de suministro eléctrico.

 

2. SUMINISTROS DE GAS NATURAL.

 

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