BOAM nº 6118 (09/02/2010)
Distrito de Centro
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Decreto de 4 de febrero de 2010 del Concejal Presidente del Distrito de Centro por el que se aprueba la convocatoria pública de Subvenciones a entidades de iniciativa social para proyectos a desarrollar en el ámbito del Distrito de Centro durante el año 2010.Convocatoria para subvencionar proyectos a desarrollar por las entidades de la iniciativa social en el ambito del Distrito de centro, durante el año 2010.
Preámbulo.
En las complejas sociedades actuales, además del papel que por Ley le corresponde a los poderes públicos para conseguir el bienestar de los ciudadanos, hay un consenso bastante generalizado en que los ciudadanos participen por medio de entidades nacidas a iniciativa suya en la consecución de ese objetivo.
Todos tenemos claro que es responsabilidad de los servicios sociales de los Distritos dar la respuesta a aquellos problemas que entran dentro del objeto de su competencia, pero también sabemos que las prestaciones sociales no se consolidan hasta pasado algún tiempo, por lo que no es fácil tratar los problemas sociales cuando éstos son emergentes.
En el Distrito de Centro casi el 50% de su población es, ya de partida, sujeto prioritario de la acción de los servicios sociales: un porcentaje muy elevado tiene más de 80 años y una tercera parte es de origen inmigrante. Con estas cifras queda patente que los problemas emergentes se dan continuamente.
Y es ahí, para esos problemas emergentes, donde los servicios sociales del Distrito de Centro quieren apoyar los proyectos de las entidades de la iniciativa social.
La experiencia recogida de las anteriores convocatorias nos aconseja puntualizar dos cuestiones muy importantes, que muchas veces, aunque están en las bases, no son tenidas suficientemente en cuenta por parte de las entidades de la iniciativa social al presentar sus proyectos. Estas dos cuestiones son:
1. Los servicios sociales del Distrito son unidades operativas para la atención a los ciudadanos afectados por problemáticas sociales, por lo que los proyectos a subvencionar también tienen que ser de atención a los ciudadanos. Por ello, son de nuestro interés proyectos operativos, que planteen una problemática concreta a tratar, que planteen atender a un determinado número de ciudadanos afectados por tal problema.
2. Lo que subvenciona esta convocatoria son proyectos, no entidades, lo que implica por parte de las entidades un trabajo riguroso para proponer proyectos que satisfagan las necesidades reales de atención a los ciudadanos.
La presente convocatoria se aprueba en el marco delimitado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y el Capítulo VI de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2010, y en virtud de lo establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 18 de junio de 2007, por el que se delegan competencias en los Concejales de Distrito, todo ello con arreglo a las siguientes especificaciones:
Artículo 1.- Objeto y ámbito de la convocatoria.
1. El objeto de esta convocatoria es la concesión, por parte de la Junta Municipal del Distrito de Centro, y en base al programa correspondiente del presupuesto general de 2010, de subvenciones a proyectos de las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos en materia de acción social en el Distrito de Centro.
2. La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales del distrito según las prioridades incluidas en el artículo 2 de la presente convocatoria.
Artículo 2.- Contenidos de los proyectos a subvencionar.
2.1.- Cada entidad podrá presentar únicamente un proyecto, que deberá adscribirse a cualquiera de los siguientes ámbitos de actuación:
1. Espacios socioeducativos con menores para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, en sectores de población que presentan vulnerabilidad social.
2. Actividades dirigidas a menores y jóvenes con dificultad social que promuevan su integración en el ámbito socioeducativo y su participación en la comunidad.
3. Atención social en el ámbito de la prevención de la violencia en la infancia y la juventud, en sectores de población que presentan vulnerabilidad social.
4. Espacios que promuevan actividades familiares compartidas, en sectores de población que presentan vulnerabilidad social.
5. Acompañamiento para la inserción sociolaboral de colectivos en situación de vulnerabilidad social.
6. Mediación comunitaria en el ámbito de la atención social a las personas sin hogar.
7. Mediación comunitaria en el ámbito de la atención social a personas que ejercen la prostitución.
8. Actividades dirigidas a la prevención del aislamiento social en las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal.
9. Actividades de ocio y tiempo libre para colectivos de gran vulnerabilidad social, que facilite su mejora de la red social.
2.2.- Quedarán excluidos de la presente convocatoria los siguientes proyectos:
a) Destinados a inversiones: adquisición, construcción, reforma y/o equipamiento de centros, así como maquinaria y cualquier material inventariable.
b) Que no estén destinados única y exclusivamente al Distrito de Centro.
c) Cuyo objeto no sea una competencia propia de los servicios sociales municipales.
d) Dirigidos al estudio, análisis o investigación académica.
Artículo 3.- Requisitos de las entidades solicitantes.
3.1.- Las entidades que soliciten subvenciones con cargo a la presente convocatoria deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos que deberán mantener durante el ejercicio económico para el que se concede la subvención:
1. Estar legalmente constituidas.
2. Estar inscritas en el registro correspondiente.
3. Tener carácter social y carecer de ánimo de lucro.
4. Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del Distrito Centro.
5. Contar con medios materiales y personales necesarios para ejecutar el proyecto cuya subvención se solicita.