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BOAM nº 7830 (23/01/2017)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

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Resolución de 18 de enero de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de fecha 30 de diciembre de 2016, por el que se concede el premio Lope de Vega de teatro para el año 2016.

Una vez aprobada la resolución definitiva de la convocatoria del premio de teatro Lope de Vega para el año 2016, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, y de conformidad con el artículo decimocuarto de la correspondiente convocatoria, y artículo 59.6 b) y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:

 

"Ordenar la publicación oficial del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 30 de diciembre 2016, por el que se otorga el premio de teatro Lope de Vega, con el siguiente contenido :

 

"De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1 n) de la ley 22/ 2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Otorgar el premio de teatro Lope de Vega 2016, a Antonio José Rojano Mora, por su obra "Furiosa Escandinavia", con una dotación económica de 12.000 euros.

 

SEGUNDO.- Otorgar un accesit a la obra "Syd. Efectos que dejan de ser especiales con el tiempo" de Fernando Epelde García.

 

TERCERO.- Desestimar el resto de solicitudes presentadas".

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la presente notificación (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

Madrid, a 18 de enero de 2017- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, Ana Fernández Izquierdo.

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