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BOAM nº 7314 (15/12/2014)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2368

Acuerdo de 11 de diciembre de 2014 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece el procedimiento para la aprobación de la masa salarial del personal laboral del sector público del Ayuntamiento de Madrid.

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, introduce en su artículo primero, punto veintisiete, un nuevo artículo 103 bis en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. En dicho artículo 103 bis se establece la obligación para las Entidades Locales de aprobar anualmente la masa salarial del personal laboral de su sector público, respetando los límites y las condiciones que se establezcan con carácter básico en las correspondientes Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.

 

La aprobación de la masa salarial comprenderá la referente a la propia de la Entidad Local, organismos, entidades públicas empresariales y demás entes públicos y sociedades mercantiles de ella dependientes, así como la de los consorcios adscritos a la misma y la de las Fundaciones constituidas con capital o patrimonio mayoritariamente local.

 

En su virtud, de conformidad con el artículo 17.1 b) y n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, previa deliberación, en su reunión de 11 de diciembre de 2014,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Establecer, en cumplimiento del artículo 103 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el procedimiento para la aprobación de la masa salarial del personal laboral del sector público del Ayuntamiento de Madrid, que se incorpora como Anexo al presente Acuerdo.

 

SEGUNDO.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, el presente Acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su aprobación y será objeto de publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

TERCERO.- Transitoriamente, el procedimiento de aprobación de la masa salarial correspondiente a 2014 se limitará a la remisión de las correspondientes propuestas antes del 16 de diciembre de 2014 a los órganos directivos competentes en las materias de presupuestos y de sector público, según corresponda en cada caso.

 

Para calcular la masa salarial del año 2014 se tomará como referencia el conjunto de las retribuciones salariales y extrasalariales y los gastos de acción social a 31 de diciembre de 2014 del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid, de sus Organismos autónomos, de las sociedades mercantiles municipales y del resto de entidades del sector público municipal, sin integrar los conceptos exceptuados en el anexo del presente Acuerdo.

 

Las variaciones que experimente la masa salarial del ejercicio 2015 en relación con el ejercicio 2014 serán objeto de valoración en términos de homogeneidad en lo que respecta a los periodos objeto de comparación.

 

El titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública elevará la propuesta de aprobación de la masa salarial del ejercicio 2014 a la Junta de Gobierno, lo que se llevará a efecto en el mes de diciembre de 2014.

 

Madrid, a 11 de diciembre de 2014.- El Coordinador General de la Alcaldía, Juan Antonio Gómez-Angulo.

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