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BOAM nº 8045 (04/12/2017)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

2591

Resolución de 1 de diciembre de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la titular del Área, de fecha 22 de noviembre de 2017, de aprobación de la concesión parcial de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinada a librerías para los años 2017/2018, así como los denegados y excluidos.

En virtud de las competencias que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de fecha 10 de noviembre de 2015, y de conformidad con el artículo diecisiete de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, resuelvo:

  

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 22 de noviembre de 2017, por el que se aprueba la concesión parcial de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a librerías para los años 2017/2018, así como los denegados y excluidos:

  

"A la vista de las actuaciones del expediente de referencia, de conformidad con el articulo 38 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,

  

 DISPONGO

  

 PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones, a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración constituida el día 9 de octubre de 2017, para la evaluación de la convocatoria de subvenciones destinadas a librerías para los años 2017-2018, a las siguientes entidades por los importes que se indican:

  

SUBVENCIONES LIBRERÍAS - 479.99

"Otras subvenciones a empresas privadas"

LIBRERÍAS

Total puntos

Importe en € concedido

2017

Importe en € concedido

2018

Alberti S.L.

78

2.959,20

7.665,30

Pasajes Libros S.L.

57

1.900,00

7.448,19

Bit Flow Studio S.L.

70

3.229,00

4.246,46

Rocío Cela Sánchez

60

3.552,50

7.840,20

   

SEGUNDO.- Denegar, por incumplimiento del requisito establecido en el artículo 13 de la convocatoria, consistente en "la obtención de un mínimo de 50 puntos sobre el máximo de los 100 posibles "las solicitudes correspondientes a:

  

La Fábrica

Eva Boj

Josep Olana (Arrebato)

Trotajueves

Artimaña

  

TERCERO.- Excluir a la librería Jarcha, porque solo solicita gastos indirectos de personal.

  

CUARTO.- Excluir a la librería El Buscón por no haber presentado la documentación establecida en el artículo 15 de las bases que regulan la convocatoria".

  

De conformidad con el artículo 21 de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a librerías para los años 2017/2018, el plazo de la justificación será de 10 días hábiles desde la finalización de las actividades o, en caso de que sea posterior, desde la notificación de la concesión de la ayuda. La presente publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.

  

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

  

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

  

2. Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

  

3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    

Madrid, a 1 de diciembre de 2017.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, M.ª Teresa Jiménez Ortiz.

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