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BOAM nº 10139 (03/06/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2100

Decreto de 26 de mayo de 2026 de la titular del Área Delegada de Deporte por el que se establece el calendario y los criterios de programación de actividades dirigidas en los centros deportivos municipales para la temporada 2026/2027.

De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte entre las competencias específicas del Área Delegada de Deporte se le confiere en su apartado 11.2.2. "Establecer las líneas generales de actuación, dictar instrucciones y fijar criterios en materia deportiva", y en el 11.2.3. "Coordinar, asesorar y apoyar la actuación de los distritos en la promoción del deporte, pudiendo dictar instrucciones generales para fijar criterios de actuación común y de gestión de las instalaciones deportivas municipales".

 

Asimismo, este mismo acuerdo otorga a la Dirección General de Deporte, entre otras, las competencias específicas en su apartado 12.1.1. "Elaborar la propuesta de disposiciones normativas en materiadeportiva" y en el 12.1.2. "Dirigir y coordinar los programas deportivos de ámbito general siendo las instalaciones deportivas municipales unidades colaboradoras y ejecutoras de aquellos".

 

El Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos tiene por finalidad establecer la organización y competencias de los distritos, realizando una distribución competencial entre sus distintos órganos superiores y directivos que permita una utilización eficaz y eficiente de los recursos municipales, así como un mejor servicio público para los ciudadanos. Y entre otras disposiciones otorga a los Concejales Presidentes de los Distritos las competencias en materia deportiva siguientes: en el apartado 2.3.c) "Aprobar el programa deportivo anual de las instalaciones deportivas municipales del distrito y gestionar las mismas, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte" y en el 2.3.d) Promover y fomentar la práctica deportiva en el distrito.

 

Para la configuración del presente decreto se ha tenido en cuenta el siguiente marco regulador:

 

· Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.

· Acuerdo vigente del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 2010, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños.

· Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, aprobado por Acuerdo Plenario de 26 de septiembre de 2012.

· Decreto vigente de la titular del Área Delegada de Deporte por el que se establecen los criterios generales de programación de los servicios deportivos de los centros deportivos municipales.

· Acuerdo de 15 junio de 2016 de la mesa general de negociación de los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre jornada y horarios de trabajo.

· Acuerdo Convenio sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

· Acuerdo de 29 de octubre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 30 de septiembre de 2020 de la Mesa de Negociación del Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid por el que se regulan los sistemas de clasificación y ordenación del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

 

El decreto se compone de cinco anexos que desarrollan los siguientes aspectos: el Anexo I detalla el calendario de las actividades deportivas dirigidas, el Anexo II establece los criterios generales para la elaboración de la programación deportiva anual de los centros deportivos municipales adscritos a los distritos, el Anexo III establece los criterios generales de programación del personal profesional del deporte al que corresponde el desarrollo teórico-práctico de actividades deportivas y de realización de la correspondiente actividad docente, y el Anexo IV define la documentación de programación deportiva de cada centro, así como su procedimiento de aprobación. El Anexo V expone el protocolo de coordinación de cobertura de las ausencias diarias de personal deportivo.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los puntos 2.2 y 2.3 del apartado 11.º del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte (BOAM 9419, 05/07/2023), y a propuesta de la Dirección General de Deporte,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar el calendario de actividades deportivas dirigidas del Anexo I.

 

SEGUNDO.- Aprobar los criterios generales del Anexo II, para la elaboración de la programación deportiva de actividades dirigidas de la temporada 2026-2027 en los centros deportivos municipales adscritos a los distritos.

 

TERCERO.- Aprobar los criterios de programación del personal municipal profesional del deporte al que corresponde el desarrollo teórico-práctico de actividades deportivas y de realización de la correspondiente actividad docente de los centros deportivos municipales de gestión directa que se recogen en el Anexo III.

 

CUARTO.- Aprobar la documentación de programación deportiva y el procedimiento de aprobación que se detallan en el Anexo IV.

 

QUINTO.- Aprobar el protocolo de cobertura ante la ausencia de un profesional del deporte definido en el Anexo V.

 

SEXTO.- Tanto los criterios como el calendario se aplicarán a la elaboración de la programación deportiva de cada uno de los centros deportivos municipales de los distritos, sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones particulares que establezcan los contratos de concesión de los centros deportivos municipales de gestión indirecta, en cuyo caso se deberá contextualizar lo dispuesto en los mismos.

 

SÉPTIMO.- La programación deportiva de cada centro comprenderá la oferta de los diferentes programas correspondientes a las actividades dirigidas, que se desarrollarán durante la temporada deportiva en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2027, así como la distribución y asignación del uso de las unidades deportivas.

 

OCTAVO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente decreto.

 

Madrid, a 26 de mayo de 2026.- La titular del Área Delegada de Deporte, Sonia Cea Quintana.

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