BOAM nº 7918 (02/06/2017)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
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Resolución de 1 de junio de 2017 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se rectifica el error material advertido en la Resolución de 30 de mayo de 2017, por la que se convoca Concurso General de Méritos FG IAM 2/2017, para la provisión de dos puestos de trabajo.Advertido error material en el Anexo I de la Resolución de 30 de mayo de 2017 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, por el que se convoca Concurso General de Méritos FG IAM 2-2017, para la provisión de dos puestos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVO
PRIMERO. Rectificar el error material advertido en el Anexo I, "LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS FG-IAM 2-2017", en los puestos convocados con número de orden 1 y 2, en el sentido siguiente:
En la columna correspondiente a "Grupo/Subgrupo/Nivel CD" donde dice "C1/C2", debe decir "C1/C2 NCD 18".
La presente resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
SEGUNDO. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o en los de Madrid, a elección de aquel, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 1 de junio de 2017.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Fernando Pérez Sánchez.