BOAM nº 7306 (02/12/2014)
Distrito de Centro
2264
Resolución de 17 de noviembre de 2014 del Gerente del Distrito de Centro por la que se ordena la publicación del Decreto aprobando la relación de subvenciones desestimadas correspondientes a la convocatoria de subvenciones para el fomento del asociacionismo y la participación ciudadana Distrito Centro 2014.El Concejal Presidente del Distrito de Centro, por Decreto de 17 de noviembre de 2014, en virtud de la competencia atribuida por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 24 de enero de 2013, por el que se establece la organización y estructura de los Distritos y se delegan competencias en las Juntas Municipales, en los Concejales Presidentes y en los Gerentes de los Distritos, ha dispuesto desestimar las siguientes subvenciones, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, en consonancia con el artículo 18 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
1. Centro Asturiano en Madrid:
Modalidad: Compra de equipo informático y mobiliario.
Motivo: Incumple el artículo 4.6 de las bases de la convocatoria, al sobrepasar los límites máximos del presupuesto.
2. Casa de Castilla La Mancha Zona Centro:
Modalidad: Proyecto.
Motivo: Incumple el artículo 3 de las bases de la convocatoria, al sobrepasar los límites máximos del presupuesto.
3. Asociación de Viudas de Madrid:
Modalidad: Compra de equipo informático y mobiliario.
Motivo: Incumple el artículo 4.6 de las bases de la convocatoria, al sobrepasar los límites máximos del presupuesto.
4. Asociación de Viudas de Madrid:
Modalidad: Alquiler de sede.
Motivo: No aporta contrato de alquiler, sino de cesión de uso de local.
5. El Ojo Cojo:
Modalidad: Compra de equipo informático y mobiliario.
Motivo: Incumple el artículo 4.6 de las bases de la convocatoria, al sobrepasar los límites máximos del presupuesto.
6. Euskal Etxea-Hogar Vasco en Madrid:
Modalidad: Compra de equipo informático y mobiliario.
Motivo: Incumple el artículo 4.6 de las bases de la convocatoria, al sobrepasar los límites máximos del presupuesto, además no coincide el importe indicado en la solicitud con las facturas proforma.
7. CEIM Centro de Estudios Masónicos:
Modalidades: Alquiler de sede y proyecto.
Motivo: Incumple el artículo 1 de las bases de la convocatoria, al no tener el domicilio social en el Distrito de Centro.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición ante el Concejal Presidente de este Distrito, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
II.- Recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a esta publicación (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 17 de noviembre de 2014.- El Gerente del Distrito de Centro, Francisco Javier Blazquez Arroyo.