BOAM nº 7299 (21/11/2014)
Distrito de Villaverde
2204
Decreto de 14 de noviembre de 2014 del Concejal Presidente del Distrito de Villaverde por el que se hace pública la relación de subvenciones concedidas en base a la convocatoria para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana aprobada por Decreto del Concejal Presidente del Distrito de Villaverde de 14 de mayo de 2014.En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, en consonancia con el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se hace pública la relación de las subvenciones concedidas mediante Decreto del Concejal Presidente del Distrito de Villaverde de fecha 14 de noviembre 2014, en relación a la convocatoria para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana, aprobada por Decreto del Concejal Presidente del Distrito de Villaverde de fecha 14 de mayo de 2014:
1.- Conceder a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I las subvenciones que en el mismo se especifican con expresión de su cuantía y de la denominación del proyecto o actividad.
Las actividades a realizar por los beneficiarios son las propuestas por los mismos en sus solicitudes.
2.- Desestimar a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II con expresión de la causa de desestimación.
3.- No conceder a los solicitantes que se relacionan en el Anexo III con expresión de la causa de no concesión.
4.- Comprometer un gasto por el importe de las subvenciones concedidas que asciende a 30.751,13 euros, imputables a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
2014/001/217/92401/48901. "Participación Ciudadana y Voluntariado. Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro".
5.- Anular la autorización de gasto de fecha 14 de mayo de 2014, por importe de 7.498,87 euros, correspondiente a la diferencia entre la propuesta provisional y definitiva de concesión de subvención de la convocatoria 2014, al no existir entidades suplentes.
Este decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación, igualmente, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la web municipal www.madrid.es y sede electrónica https://sede.madrid.es. De conformidad con el artículo 59.6 LRJ-PAC, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes, o, directamente, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 14 de noviembre de 2014.- El Concejal Presidente del Distrito de Villaverde, Joaquín María Martínez Navarro.