BOAM nº 10166 (10/07/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
2706
Resolución de 8 de julio de 2026 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se rectifica el error material detectado en la Resolución de 2 de julio de 2026, por la que se convocan plazas para el acceso a la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de promoción interna independiente.Mediante Resolución de 2 de julio de 2026 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, publicada en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 10.162, de 6 de julio de 2026, se ha procedido a la convocatoria de pruebas selectivas, para la provisión, mediante el sistema de promoción interna independiente, de 100 plazas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.
Advertido error material en el tercer párrafo de la parte expositiva de la mencionada resolución, respecto de la publicación oficial en la que se recoge Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, que atribuye al Coordinador General de Seguridad y Emergencias la competencia para convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de la Policía Municipal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a cuyo tenor estas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en su actos, procede la rectificación de la antedicha Resolución de 2 de julio de 2026 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.419, de 5 de julio de 2023), corresponde al Coordinador General de Seguridad y Emergencias la competencia para convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de la Policía Municipal.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas,
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el tercer párrafo de la parte expositiva de la Resolución de 2 de julio de 2026 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, por la que se convocan plazas para el acceso a la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de promoción interna independiente, en los siguientes términos:
Donde dice:
«Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias (BOCM núm. 9.419, de 5 de julio de 2023)».
Debe decir:
«Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.419, de 5 de julio de 2023)».
SEGUNDO.- Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es), así como un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), artículos 8, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia).
II. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPACAP).
Madrid, a 8 de julio de 2026.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, Jesús Gil Martín.