BOAM nº 6760 (14/09/2012)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
1718
Acuerdo de 13 de septiembre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo 28 de diciembre de 2006, por el que se regula el complemento de productividad por cumplimiento de objetivos aplicable al personal del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid.La Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, en su Disposición Adicional 71ª, ha establecido que la jornada general de trabajo del personal del Sector Público "no podrá ser inferior a treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual", así como que "las jornadas especiales existentes o que se puedan establecer, experimentarán los cambios que fueran necesarios en su caso para adecuarse a la modificación general en la jornada ordinaria".
En cumplimento de este cambio normativo de carácter básico, en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid se ha adoptado el Acuerdo de 25 de julio de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se dispone el cumplimiento por el personal municipal de la normativa básica en materia de jornada, quedando establecida en 1.650 horas anuales, con un promedio semanal de 37,5 horas.
En la Agencia Tributaria Madrid es necesaria la adaptación del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 28 de diciembre de 2006, por el que se regula el complemento de productividad por cumplimiento de objetivos aplicable al personal del Organismo autónomo Agencia Tributaria Madrid, modificado por Acuerdo de 16 de septiembre de 2010.
El órgano competente para la adopción de este Acuerdo es la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.
En su virtud, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 13 de septiembre de 2012,
ACUERDA
Primero.- Modificar, con efectos de 16 de septiembre de 2012, el artículo Primero, apartado 1.2, del Anexo del Acuerdo de 28 de diciembre de 2006 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se regula el complemento de productividad por cumplimiento de objetivos aplicable al personal del Organismo autónomo Agencia Tributaria Madrid, quedando redactado en los siguientes términos:
"1.2. La participación en el sistema implicará la realización de una jornada de 40 horas semanales.
Con excepción de lo dispuesto en el párrafo siguiente, este incremento de jornada se realizará en, al menos, dos tardes semanales de lunes a viernes, hasta las 17´00 horas.
El personal que ocupa puestos de trabajo de "Subdirector General", sin perjuicio de la plena disponibilidad y especial dedicación, realizará el exceso de horas sobre la jornada semanal ordinaria en, al menos, tres tardes semanales, en las que resultará obligada la presencia desde las 15´30 horas a las 17´00 horas".
Segundo.- Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 13 de septiembre de 2012.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.