Saltar navegación

BOAM nº 5835 (28/07/2008)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

2265

Decreto de 11 de julio de 2008 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se nombra a los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo a tiempo parcial en la categoría de Técnico Deportivo Primer Nivel de Instalaciones Deportivas Municipales.

     Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta para nombrar a los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 103 plazas de ersonal laboral fijo a tiempo parcial en la categoría de Técnico Deportivo Primer Nivel de Instalaciones Deportivas Municipales, convocadas por Decreto de la Concejala del Área Delegada de Personal de fecha 8 de junio de 2007.

   

  La composición del Tribunal Calificador para esta categoría se ajustará a lo previsto en el punto 5.1 de las Bases Generales de personal laboral fijo de Instalaciones Deportivas Municipales.

   

  Corresponde al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la competencia para el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2 i) del Acuerdo de 5 de junio de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.

   

  En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2 i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 5 de junio de 2008,

   

DISPONGO

 

  Nombrar como miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Decreto de la Concejala del Área Delegada de Personal de 8 de junio de 2007, para proveer 103 plazas de personal laboral fijo a tiempo parcial en la categoría de Técnico Deportivo Primer Nivel de Instalaciones Deportivas Municipales, a las personas que a continuación se indican:

   

  PRESIDENTE:

  Titular: D. Emilio de Lahoz Sanz.

  Suplente: D. Julio Marcos Felipe.

   

  SECRETARIO:

  Titular: Dª María Eva Díez de Cabo.

  Suplente: Dª Blanca Aranda Barrio.

   

  VOCALES:

  Titular: Dª Dolores Sáez de la Fuente.

  Suplente: D. José Manuel Candelas Núñez.

   

  Titular: Dª Concepción García Elena.

  Suplente: D. Roberto Sánchez Vázquez.

   

  Titular: D. Eloy Santos Cañas.

  Suplente: D. Ramón Lacaba Velasco.

   

  Titular: D. José Luis Bernal Andrés.

  Suplente: D. Manuel González Moya.

   

  REPRESENTANTES SINDICALES:

  Titular: Dª María Carmen Núñez Chicharro.

  Suplente: Dª María Pilar Losada Cordero.

   

  Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

  I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

  Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

  II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

 

  En ambos casos, el recurso contencioso administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

  III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

   

  Madrid, a 11 de julio de 2008.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.

Subir Bajar