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BOAM nº 7362 (27/02/2015)
Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana

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Decreto de 17 de febrero de 2015 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigida a Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones, para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana en el año 2015.

En el marco establecido por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013 -en adelante OGS-, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de fecha 18 de julio de 2013, por el que se modifica el Acuerdo de 10 de mayo de 2013, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, así como por lo establecido en el Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, se aprueba la Convocatoria pública para la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del año 2015, a través de la Dirección General de Participación Ciudadana y Voluntariado, dirigida a Federaciones, Confederaciones o Uniones de Asociaciones, con arreglo a las siguientes especificaciones:

 

Artículo 1.- Ámbito y objeto de la convocatoria.

 

1. La Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, a través de la Dirección General de Participación Ciudadana y Voluntariado, dentro de los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Madrid para 2015, convoca la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el año 2015, dirigida a todas las Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones que estén inscritas y declaradas de utilidad pública municipal en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, en los términos establecidos en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, aprobado por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 31 de mayo de 2004, que desarrollen proyectos de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana en el municipio de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la OGS.

2. Las finalidades y objetivos de esta convocatoria de subvenciones, que se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva, es fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana de acuerdo con lo establecido por el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por Decreto de 30 de diciembre de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana.

 

Artículo 2.- Líneas de actuación y requisitos de los proyectos subvencionables.

 

1. A los efectos previstos en esta convocatoria se valorarán solamente aquellos proyectos que se encuadren dentro de una de las siguientes líneas de actuación:

Línea 1.- Fortalecer las relaciones entre la entidad y sus asociaciones.

 

Línea 2.- Fomentar la incorporación de nuevos socios a la entidad.

2. No se financiarán a través de la presente convocatoria gastos de inversión.

3. Cada entidad solicitante podrá presentar únicamente un proyecto a esta convocatoria. La presentación por una misma entidad de más de un proyecto conllevará la inadmisión de aquellos que excedan del citado límite, procediéndose a admitir y a evaluar únicamente aquel de los presentados en el que la cuantía solicitada sea la de menor importe.

El proyecto presentado deberá ser encuadrado dentro de una de las líneas de actuación y, a su vez, dentro de uno o más objetivos de los previstos en la convocatoria.

4. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere los 12.000 euros y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 8.000 euros.

 

Artículo 3.- Efectos que se pretenden conseguir e indicadores de evaluación.

 

Siguiendo las líneas del Plan Estratégico de Subvenciones los proyectos, para ser subvencionados, deberán contribuir a los siguientes objetivos operativos, cuyo resultado se estimará con los indicadores de actividad y de resultado definidos para cada uno de ellos.

Línea 1.- Fortalecer las relaciones entre la entidad y sus asociaciones.

Objetivo operativo 1.- Promover encuentros con las asociaciones miembros de la entidad, contribuyendo al intercambio de experiencias.

Indicador de actividad: Número de horas del encuentro.

Fórmula de cálculo: Sumatorio.

Fuente de verificación: Certificado sobre la realización de la actividad y sus horas de duración, acompañado del programa del encuentro.

Indicador de resultado: Grado de satisfacción de los asistentes.

Fórmula de cálculo: Valoración media de satisfacción de los asistentes en escala de 0 a 10.

Fuente de verificación: certificado indicativo del número de cuestionarios realizados y de la media aritmética obtenida. Se acompañará del modelo de cuestionario.

Objetivo operativo 2.- Favorecer las actividades que generen espacios de participación y buenas prácticas entre las entidades miembros.

Indicador de actividad: Número de actividades desarrolladas.

Fórmula de cálculo: Sumatorio.

Fuente de verificación: Certificado sobre el número y denominación de las actividades desarrolladas.

Indicador de resultado: Grado de satisfacción de los participantes.

Fórmula de cálculo: Valoración media de satisfacción de los participantes en escala de 0 a 10.

Fuente de verificación: Certificado indicativo del número de cuestionarios realizados y de la media aritmética obtenida. Se acompañará del modelo de cuestionario.

Objetivo operativo 3.- Promover la formación del personal de las juntas directivas, profesionales, colaboradores y voluntariado de las asociaciones miembros, a través de la organización de acciones formativas, en contenidos relacionados con la categoría y los fines de la entidad.

Indicador de actividad: Número de plazas ofertadas.

Fórmula de cálculo: Sumatorio.

Fuente de verificación: Certificado sobre el número de plazas ofertadas.

Indicador de resultado: Grado de satisfacción de los asistentes.

Fórmula de cálculo: Valoración media de satisfacción de los asistentes en escala de 0 a 10.

Fuente de verificación: Certificado indicativo del número de cuestionarios realizados y de la media aritmética obtenida. Se acompañará del modelo de cuestionario.

Objetivo operativo 4.- Crear nuevos servicios para las entidades asociadas.

Se entenderá por nuevo servicio, aquél que no haya sido prestado en los últimos 5 años.

Indicador de actividad: Número de entidades usuarias.

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