BOAM nº 8061 (29/12/2017)
Área de Gobierno de Economía y Hacienda
2816
Decreto de 28 de diciembre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se resuelve la convocatoria para la concesión de ayudas económicas dirigidas a la consolidación del tejido productivo de las áreas de actividad económica de la ciudad de Madrid y se declaran beneficiarios, no beneficiarios y desistidos de la misma (convocatoria 2017).Vista la propuesta de resolución de la convocatoria pública de ayudas económicas dirigidas a la mejora de la financiación de las entidades de economía social del Director General de Economía y Sector Público, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada Acuerdo Plenario de 30 de octubre de 2013 (BOCM número 278, de 22 de noviembre de 2013); el Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos; y en uso de las atribuciones conferidas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2015, de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda,
DISPONGO
PRIMERO.- Declarar como beneficiarios de las ayudas económicas dirigidas a la consolidación del tejido productivo en las áreas de actividad económica, por el importe determinado en cada caso, a los solicitantes que figuran en los Anexos I del presente Decreto.
SEGUNDO.- Declarar como desistidos de las ayudas económicas dirigidas a la consolidación del tejido productivo en las áreas de actividad económica, a los solicitantes que figuran en el Anexo II del presente Decreto.
TERCERO.- Disponer un gasto por importe de 11.184,37 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 001/057/433.01/479.99 y un gasto por importe de 141.494,46 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 001/057/433.01/779.99 del presupuesto de la Dirección General de Economía y Sector Público correspondiente en 2017.
CUARTO.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 28 de diciembre de 2017.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Jorge García Castaño.