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BOAM nº 9737 (14/10/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

3469

Resolución de 10 de octubre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueban las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, por turno libre, plazas de personal funcionario de carrera de Técnico/a Superior de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ayuntamiento de Madrid y se convocan plazas de dicha categoría.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 (Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid núm. 8.307, de 2 de enero de 2019), las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, por turno libre, plazas de personal funcionario de carrera de Técnico/a Superior de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ayuntamiento de Madrid fueron sometidas a la consideración de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en su reunión de 13 de septiembre de 2024.

 

Por Acuerdo de 14 de diciembre de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el año 2023 (BOAM núm. 9.533, de 20 de diciembre de 2023), que incluye 12 plazas de turno libre de Técnico/a Superior TIC (denominación actual Técnico/a Superior de Tecnologías de la Información y la Comunicación) del Ayuntamiento de Madrid, y por Acuerdo de 12 de septiembre de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para el año 2024 (BOAM núm. 9.717, de 16 de septiembre de 2024), que incluye 1 plaza de la misma categoría.

 

Por otro lado y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y en el III Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 28 de diciembre de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 9.547, de 11 de enero de 2024) consta en el presente expediente de convocatoria informe de impacto de género en aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres.

 

En virtud de las competencias atribuidas en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, por turno libre, plazas de personal funcionario de carrera de Técnico/a Superior de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ayuntamiento de Madrid, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Grupo A, Subgrupo A1, de los establecidos en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su disposición transitoria tercera.

 

Dichas bases figuran como Anexo a la presente resolución.

 

SEGUNDO.- Convocar pruebas selectivas para proveer, por turno libre, 13 plazas (12 plazas correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2023 y 1 plaza correspondiente a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2024) de personal funcionario de carrera de la categoría Técnico/a Superior de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ayuntamiento de Madrid, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Grupo A, Subgrupo A1, de los establecidos en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su disposición transitoria tercera.

 

De las 13 plazas convocadas, 2 plazas se reservan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

 

TERCERO.- La Comisión Permanente de Selección se encargará del desarrollo, calificación, impulso y evaluación del presente proceso selectivo.

 

CUARTO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 27,70 euros, según lo previsto en el apartado 5.2 de las bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2020).

 

QUINTO.- El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente dando comienzo el/la opositor/a cuyo primer apellido comience con la letra V de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Función Pública el día 24 de julio de 2024 (Boletín Oficial del Estado núm. 184, de 31 de julio de 2024).

 

SEXTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

Todas las personas que participen en este proceso selectivo están obligadas a relacionarse con la Administración municipal a través de medios electrónicos, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid y en la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, aprobada por Acuerdo de 26 de febrero de 2019 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid (artículo 38.2 y anexo).

 

Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud y el pago de la tasa por derechos de examen por el canal electrónico a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea". Una vez realizado el pago deberán firmar y registrar la solicitud. El pago debe realizarse por medio de tarjeta bancaria.

 

En todo caso, será preciso conservar el documento de autoliquidación que genera la aplicación una vez realizado el pago, puesto que es obligatorio para presentar la solicitud.

 

Los/las aspirantes quedan vinculados/as a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada esta, sólo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

 

SÉPTIMO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es), así como un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

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