BOAM nº 7808 (21/12/2016)
Agencia Tributaria Madrid
2676
Resolución de 15 de diciembre de 2016 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace pública la concesión de flexibilidad de horario para el año 2017.Recibidas las solicitudes de flexibilización de horario para el año 2017, presentadas por los empleados municipales adscritos a la Agencia Tributaria Madrid, en el plazo establecido, se ha procedido a su estudio y concesión, por el Director de la Agencia Tributaria Madrid, en Resolución de fecha 7 de diciembre de 2016.
De conformidad con el artículo 15.1, apartado L), de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, son funciones del Director, entre otras, la dirección y gestión de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.
En consecuencia con lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
PRIMERO.- Publicar en la intranet municipal la resolución del Director de la Agencia Tributaria Madrid, de fecha 7 de diciembre de 2016, por la que se concede la renovación de la flexibilidad horaria, según se regula en el punto 7 del Acuerdo de 13 de septiembre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, a los empleados municipales adscritos a la Agencia Tributaria Madrid y que están incluidos en el Anexo a dicha resolución. Asimismo se deberá publicar en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, extracto del anuncio.
SEGUNDO.- Ordenar la exposición de la citada resolución y anexo en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Secretaría Técnica de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, n.º 5, segunda planta, con fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
TERCERO.- Contra esta resolución, los interesados incluidos en alguna de las relaciones publicadas, o bien aquellos que habiendo presentado solicitud en tiempo y forma, no figuraran en ninguna de ellas, podrán interponer, con carácter potestativo, si es personal funcionario, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
El personal laboral podrá formalizar demanda ante la vía judicial laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, en la forma y plazos establecidos en la norma citada y en el Estatuto de los Trabajadores
Madrid, a 15 de diciembre de 2016.- El Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Antonio Díaz de Cerio Villamayor.