BOAM nº 6936 (10/06/2013)
Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana
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Decreto de 3 de junio de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2013 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades en el Municipio de Madrid.En el marco delimitado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), y las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2013, y en virtud de lo establecido en acuerdos de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 10 de mayo de 2013, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, y de 17 de enero de 2013, por el que se aprueban las Directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, así como su Instrucción de desarrollo, aprobada por el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Economía y Hacienda y Administración pública de fecha 1 de marzo de 2013, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, a través de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades, a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades en el municipio de Madrid, con arreglo a las siguientes especificaciones:
ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de la convocatoria.
1. La Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, a través de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades, dentro de los créditos consignados en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para el año 2013, convoca la concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades en el municipio de Madrid.
2. La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales 2011-2013, aprobado por el Decreto de la entonces Delegada del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales de fecha 14 de diciembre de 2010.
ARTÍCULO 2. Líneas de actuación de los proyectos subvencionables.
1. A los efectos previstos en esta convocatoria se valorarán solamente aquellos proyectos que se encuadren dentro de las siguientes líneas de actuación:
A.- Promover la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
A.1.- Prevenir y erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres: violencia en el ámbito familiar, laboral, prostitución y trata, agresiones sexuales y cualquier otra que pudiera tener relación con el género.
Se priorizarán los proyectos cuyo objetivo sea la creación de plazas de alojamiento de emergencia para mujeres víctimas de violencia doméstica cuyo acceso se realice a través del Servicio de Atención a Violencia Doméstica, que se coordinen con la red municipal de centros de atención y cumplan con los protocolos de actuación establecidos al respecto.
A.2.- Reducir la situación de riesgo de los colectivos de mujeres desempleadas, itinerarios individualizados de inserción con actuaciones formativas.
El objeto de estos proyectos es desarrollar actuaciones de formación e inserción laboral, para colectivos de mujeres desempleadas en situación de riesgo. Se priorizarán aquellos proyectos que incluyan itinerarios individualizados de inserción de las beneficiarias.
A.3.- Fomentar aquellas acciones que incrementen la presencia y participación de las mujeres en los procesos de diseño y aplicación de las políticas públicas.
El objeto de estos proyectos es la realización de actuaciones dirigidas a la incorporación de los colectivos de mujeres más desfavorecidos o en riesgo de exclusión. Se priorizarán aquellas relativas al desarrollo de talleres de autoestima, habilidades sociales, toma de decisiones y utilización de nuevas tecnologías y la creación de redes entre entidades de mujeres.
B.- Integración de personas sin hogar.
B.1.- Gestionar la Manutención, Alojamiento y Acompañamiento Social de Personas sin Hogar: se consideran prioritarios aquellos proyectos que complementen las actuaciones de la Red Municipal de Atención a Personas sin Hogar, con personal voluntario y/o contratado.
C.- Inclusión Social de colectivos vulnerables y con necesidades especiales.
C.1- Atender a personas con discapacidad, adultas (18 a 65 años) con objeto de favorecer su cuidado y autonomía, así como, el apoyo a sus familias.
C.2- Atender a minorías étnicas, a personas con una problemática múltiple instalada y a personas reclusas o ex-reclusas.
C.3.- Atender, acoger y procurar la inserción social y laboral de jóvenes en situación de vulnerabilidad.
El objeto de estos proyectos es el facilitar la atención social y laboral a jóvenes, mayores de 18 años, por medio de actividades formativas, habilidades sociales y talleres sociolaborales que favorezcan procesos de inclusión social.
C.4.- Procurar el acompañamiento social, acogida, atención psicológica e intervención socioeducativa, destinados a cubrir las necesidades básicas de alojamiento, y de iniciativas de desarrollo personal para la inserción social de colectivos en riesgo de exclusión social.
El objeto de estos proyectos es la promoción personal y social de personas en exclusión social, tanto población autóctona como población de origen extranjero, así como la consolidación de procesos de inclusión social para personas que hayan iniciado itinerarios inserción sociolaboral.
2. Todos los proyectos que se enmarquen en las líneas de actuación señaladas anteriormente, incluirán la atención a población autóctona o de origen extranjero.
3. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que promuevan campañas publicitarias, jornadas, documentales, publicaciones y guías y los que tengan por objeto la realización de obras o la adquisición de material inventariable para la realización de las actividades previstas en el apartado 1 del presente artículo.
4. Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar un proyecto a la presente convocatoria reflejando en la solicitud en cual de los contenidos del artículo 2 de las bases de la convocatoria se enmarca. En el caso de presentar más de uno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de los presentados que haya tenido entrada en el Registro y renuncia al resto.
5. No serán admitidos aquellos proyectos cuya cuantía solicitada, sea superior a 30.000 euros.
ARTÍCULO 3. Efectos que se pretenden conseguir e indicadores de evaluación.
A.1.1.- Disminuir la violencia en los ámbitos: familiar, laboral, prostitución y trata, así como atender las situaciones de violencia contra las mujeres.
N.º de talleres para la prevención de la violencia en situación de prostitución o trata.
N.º de talleres para la prevención de la violencia de género.