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BOAM nº 9376 (04/05/2023)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

1435

Resolución de 28 de abril de 2023 del Director General de Policía Municipal por la que se dispone el nombramiento como funcionarios/as en prácticas de dos aspirantes diferidos que han superado la fase de concurso-oposición del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de promoción interna independiente, de 154 plazas de la categoría de Oficial de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante Resolución de 14 de abril de 2023 (BOAM núm. 9.365, de 17 de abril), modificada por la Resolución de fecha 17 de abril de 2023 (BOAM núm. 9.367, de 19 de abril), ambas del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, se aprueba la relación de aspirantes que de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador, han superado la fase de concurso-oposición del proceso selectivo convocado mediante Resolución de 9 de junio de 2022 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.157, de 13 de junio), para la provisión por el sistema de promoción interna independiente, de 154 plazas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

 

A tal efecto, mediante Resolución de 10 de febrero de 2023, la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Comunidad de Madrid ha efectuado Convocatoria para el inicio del XXVII Curso Selectivo de ascenso a la categoría de Oficial de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

 

Asimismo, mediante Resolución de 20 de abril de 2023 (BOAM 9.369, de 21 de abril de 2023), se procedió al nombramiento de 148 aspirantes como funcionarios en prácticas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid y se difirió el nombramiento a 6 aspirantes, 4 de ellos por haber realizado el curso selectivo de formación de ascenso a la categoría de Oficial impartido en el Instituto de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid en los últimos 5 años y 2 por encontrarse disfrutando de una licencia por paternidad hasta la fecha de cese de dicha situación, las cuales finalizan, respectivamente, los días 3 y 7 de mayo del 2023.

 

Bajo tales premisas y previa comprobación de que se han cumplido los trámites legales y que los dos aspirantes reúnen los requisitos exigidos en las Bases que rigen la presente convocatoria y demás normativa de general aplicación, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en la Base 10 de las Específicas de la convocatoria, aprobadas mediante Decreto de 7 de junio de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, procede su nombramiento como funcionarios/as en prácticas al objeto de continuar con el proceso selectivo mediante la realización del curso selectivo de formación, en el Instituto de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, y en caso de su superación, el período de prácticas en al ámbito organizativo del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid.

 

A la vista de lo anterior y al amparo de las competencias que para el nombramiento de los funcionarios/as en prácticas que usen armas me confiere el artículo 8.1.3 a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Nombrar como funcionario en prácticas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, con efectos del día 4 de mayo de 2023, a Daniel Panadero Segovia.

 

SEGUNDO.- Nombrar como funcionario en prácticas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, con efectos del día 8 de mayo de 2023, a Daniel Peco Castro.

 

TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios/as en prácticas, los interesados/as que en el momento de su nombramiento ya estén prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios/as de carrera, deberán optar entre percibir las establecidas con carácter general para los funcionarios/as en prácticas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, o las que les corresponden conforme al puesto de origen que ocupan.

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 28 de abril de 2023.- El Director General de Policía Municipal, Pablo Enrique Rodríguez Pérez.

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