BOAM nº 7142 (04/04/2014)
Distrito de Latina
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Decreto de 3 de abril de 2014 del Concejal Presidente del Distrito de Latina por el que se aprueba el pliego de condiciones que ha de regir el otorgamiento mediante sorteo de las autorizaciones de los situados previstos para la instalación de aparatos feriales en el recinto de las Fiestas del Distrito de Latina 2014 y se dispone la convocatoria para la presentación de solicitudes de participación en el citado sorteo.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, el 14 de enero de 2014 fueron aprobados inicialmente por la Junta Municipal del Distrito de Latina y de forma definitiva al no haberse producido alegaciones durante el trámite de información pública, los festejos populares y los recintos de ferias a instalar durante el presente ejercicio, entre los que se incluyen las fiestas del distrito.
Las fiestas se desarrollarán entre el 30 de mayo y el 8 de junio en el parque Alcalde Carlos Arias, como viene siendo habitual. Como novedad este año se ha optado por la gestión directa del recinto ferial mediante el procedimiento previsto en el artículo 5 de la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito.
En aplicación del citado procedimiento, las autorizaciones para la instalación de atracciones feriales en cada situado se concederán mediante sorteo entre los candidatos que reúnan las condiciones mínimas exigidas por la propia Ordenanza Reguladora y por el Pliego de Condiciones.
El Pliego de Condiciones elaborado recoge, además del procedimiento de sorteo, la forma de participación, la documentación a presentar por los adjudicatarios propuestos tras la celebración del mismo y las demás consideraciones técnicas y jurídicas relativas a las autorizaciones y a las condiciones de instalación, utilización y funcionamiento de los aparatos feriales. El Pliego se acompaña de dos Anexos: un Anexo I donde se detallan la descripción, superficie y número de aparatos feriales a instalar, ajustándose su distribución en diferentes parcelas, según el plano que igualmente le acompaña; y un Anexo II con el modelo de declaración responsable, que deberá ser presentado por los interesados, junto con su solicitud, en los términos y plazos determinados en el citado Pliego, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.2 de la ordenanza citada.
Las autorizaciones que se otorguen para la instalación de atracciones feriales en terrenos de dominio público comportan un uso común especial normal del mismo, permitiendo su aprovechamiento en los términos previstos en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por lo que el ejercicio de la actividad devengará el pago de la cuota tributaria que resulte de la aplicación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local.
En su virtud, de conformidad con las competencias atribuidas por Acuerdo de 24 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura de los Distritos y se delegan competencias en las Juntas Municipales, en los Concejales Presidentes y en los Gerentes de los Distritos,
DISPONGO
"PRIMERO.- Aprobar el pliego de condiciones que ha de regir el otorgamiento mediante sorteo de las autorizaciones de los situados previstos para la instalación de aparatos feriales en el recinto de las Fiestas del Distrito de Latina 2014.
SEGUNDO.- Disponer la convocatoria para la presentación de solicitudes de participación en el sorteo de las autorizaciones, pudiendo presentarse la mismas en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la inserción del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 3 de abril de 2014.- El Concejal Presidente del Distrito de Latina, José Manuel Berzal Andrade.