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BOAM nº 9816 (11/02/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

502

Resolución de 10 de febrero de 2025 de la Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación en materia de fe pública.

El Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional establece en su disposición adicional cuarta que, en los municipios de gran población, las funciones de fe pública se ejercerán en los términos establecidos en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LBRL) así como en la disposición adicional octava de la misma.

 

Por su parte, la disposición adicional octava LBRL atribuye al órgano de apoyo al Concejal Secretario de la Junta de Gobierno (en el Ayuntamiento de Madrid, la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno) las funciones de fe pública de los actos y acuerdos de los órganos unipersonales y las demás funciones de fe pública, salvo aquellas que estén atribuidas a la Secretaría General del Pleno y al concejal que asuma la Secretaría de la Junta de Gobierno Local. La citada disposición adicional permite que tales funciones puedan ser delegadas en otros funcionarios del Ayuntamiento de Madrid.

 

Conforme a lo dispuesto en el apartado 9.º del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, corresponde a la persona titular de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno la secretaría de los consejos rectores de los organismos autónomos.

 

Mediante Resolución de 16 de julio de 2020, de la Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se delegaron las mencionadas funciones de fe pública para distribuirlas de una forma racional y eficiente entre los distintos órganos que integran la organización municipal.

 

Una vez establecida la nueva estructura de la administración ejecutiva del Ayuntamiento por decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde y adoptados los acuerdos de organización y competencias de las distintas áreas de gobierno, de los distritos, de la Presidencia del Pleno y de la Coordinación General de la Alcaldía del Ayuntamiento de Madrid, así como las modificaciones operadas en algunos de ellos, se hace necesario dictar una nueva resolución de delegación de fe pública que sustituya a la dictada con fecha 16 de julio de 2020, al objeto de que se recojan las nuevas denominaciones de las distintas unidades orgánicas, las modificaciones operadas en la estructura municipal y se dé cabida a nuevas necesidades organizativas que permitan la optimización de los efectivos del personal al servicio de la administración municipal para dotar de mayor versatilidad la gestión relacionada con la fe pública.

 

En su virtud, de conformidad con el artículo 1.2 a) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, la disposición adicional octava de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y la disposición adicional cuarta del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar la resolución de delegación en materia de fe pública que se incorpora como anexo.

 

SEGUNDO.- Quedan reservadas a la persona titular de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno las funciones de fe pública en el ámbito de las actuaciones administrativas automatizadas, que no son objeto de delegación por la presente resolución.

 

TERCERO.- Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente resolución por órganos distintos de los competentes según la misma, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de funciones y competencias.

 

CUARTO.- Queda sin efecto la Resolución de 16 de julio de 2020 de la Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación en materia de fe pública.

 

QUINTO.- La presente resolución surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 10 de febrero de 2025.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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