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BOAM nº 7631 (04/04/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas

706

Resolución de 28 de marzo de 2016 del Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de la propuesta provisional de resolución de expediente sancionador número 117/2015/03482, a D. Ángel Lapeña Cervero.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la notificación de la propuesta provisional de expediente sancionador, número de expediente 117/2015/03482, pudiendo consultar el mismo en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

   

Formulada propuesta de resolución por el instructor del expediente sancionador de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, se da traslado de su contenido, señalando que, durante el plazo de los quince días siguientes, se pondrá de manifiesto el expediente para que, en dicho plazo, se efectúen las alegaciones y se presenten los documentos e informaciones que se tenga por conveniente.

  

Hechos y Fundamentos de Derecho:

  

Los hechos descritos a continuación constituyen una infracción, cuyos datos básicos, tipificación y sanción se especifican más abajo:

  

Denunciado: Ángel Lapeña Cervero.

Lugar de los hechos: Calle Alcalá, 638.

Hechos denunciados: Incumplimiento de la obligación de retirar el mobiliario al finalizar el horario de funcionamiento.

Norma infringida: Artículo 43.2.g) de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de julio de 2013.

Calificación y artículo de la sanción: Falta grave, artículo 43.2.g).

Sanción prevista: Artículo 44.1.b), falta grave: multa hasta 1.500 euros.

Fecha de la denuncia: 22 de octubre de 2015, 12:45 horas.

  

Primero.- Por resolución del Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas de 4 de diciembre de 2015 se dictó acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, designándose en el mismo acuerdo instructor y secretaria del expediente, todo lo cual fue notificado al interesado.

  

Segundo.- En el acuerdo de iniciación se imputaba al interesado señalado la comisión de una presunta infracción de lo dispuesto en el artículo 43.2.g) de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de julio de 2013, con base en los siguientes hechos: incumplimiento de la obligación de retirar el mobiliario al finalizar el horario de funcionamiento.

  

Tercero.- La infracción fue calificada como falta grave, artículo 43.2.g).

  

Cuarto.- Con fecha 22 de diciembre de 2015 se notifica al interesado el acuerdo de inicio, sin que contra el mismo haya venido a presentar alegaciones dentro del plazo legalmente establecido al efecto, si bien se propone con carácter provisional la imposición de una sanción de 900 euros, en base al principio de proporcionalidad recogido en el artículo 131 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  

Por consiguiente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, se propone por este órgano instructor adoptar, la siguiente:

  

Propuesta Provisional de Resolución:

  

"Imponer a D./D.ª Ángel Lapeña Cervero la sanción de 900 euros como autor/a de infracción prevista en el artículo 43.2.g) de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de julio de 2013, por incumplimiento de la obligación de retirar el mobiliario al finalizar el horario de funcionamiento de la terraza de veladores sita en calle Alcalá, 638, según acta de inspección de terraza de veladores de Policía Municipal del 22 de octubre de 2015 a las 12:45 horas. Tales hechos están considerados como falta grave, artículo 43.2.g) de la mencionada ordenanza; toda vez que:

  

1º.- Transcurrido el plazo concedido para presentar alegaciones, estas no han sido presentadas.

  

2º.- Todo ello de conformidad con los artículos de la citada norma y el Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid".

  

Madrid, a 28 de marzo de 2016.- El Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.

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