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BOAM nº 9676 (17/07/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

2481

Decreto de 15 de julio de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se declara el desistimiento de solicitudes en la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil, así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil para las anualidades 2024 y 2025.

Por Decreto de 4 de abril de 2024 la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias se aprueba la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para el desarrollo de actividades dirigidas a la población infantil y juvenil, así como a la mejora de la convivencia y el desarrollo comunitario mediante la promoción de la participación y el asociacionismo juvenil para las anualidades 2024 y 2025, cuya instrucción corresponde a la Dirección General de Participación Ciudadana según el apartado 12 de la convocatoria.

 

Una vez finalizado el pasado 8 de mayo de 2024 el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor procedió a examinar las solicitudes presentadas por las entidades concurrentes a la convocatoria a los efectos de comprobar que reunían los requisitos establecidos en la misma para, en el caso de no ser así, y de conformidad con lo establecido en el apartado 9.1 de la convocatoria, requerir a la entidad interesada para que subsanase o acompañase los documentos preceptivos en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de recepción de esta notificación, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida de la misma, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Por parte de la Dirección General de Participación Ciudadana se efectuaron requerimientos de subsanación de solicitudes a veintiocho entidades, de las cuales, veinticuatro han atendido el requerimiento realizado en tiempo y forma, habiéndose subsanado, por lo tanto, los defectos de sus solicitudes; sin perjuicio de la valoración que corresponda, en el momento procedimental oportuno, respecto del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria.

 

Respecto de las restantes cuatro entidades que fueron requeridas, la situación es la siguiente:

 

1. La asociación CENTRO CULTURAL AUXMAR (NIF R2800549D) fue requerida el 27 de mayo de 2024 para aportar la siguiente documentación:

 

- "Anexo I. Memoria explicativa del proyecto" firmado electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad que incluya las correcciones solicitadas. El modelo de Anexo I normalizado puede ser descargado del apartado de subvenciones de participación ciudadana del Espacio Asociativo del Ayuntamiento de Madrid.

 

- Declaración responsable firmada electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad con información sobre los proyectos desarrollados en las tres últimas anualidades cuyo ámbito de actuación coincida con los definidos en el apartado 4 de la convocatoria. En la declaración se hará constar una breve descripción de cada proyecto, la población destinataria, fechas de ejecución y cualquier información que permita apreciar la relación de los proyectos desarrollados con el ámbito en el que se presenta la solicitud. Asimismo, se deberá hacer constar que la entidad pondrá a disposición de la Administración municipal la documentación que demuestre su ejecución, en caso de ser requerida.

 

En respuesta al requerimiento, la entidad presentó el 10 de junio de 2024 la declaración responsable solicitada, si bien, por lo que respecta al anexo I este contiene falta de congruencia en cuanto los importes relativos al coste de las actividades que no permiten conocer el verdadero importe del proyecto; ya que, por un lado, en la solicitud, la entidad indica que el presupuesto total de proyecto bienal es de 145.000 € y solicita para él una subvención de 63.000 €; mientras que en el anexo I el importe total del proyecto, que se deriva de la suma de las actividades que se describen, según la entidad es de 72.500€, cifra que tampoco es correcta ya que el sumatorio de las 8 actividades que se indican en el anexo I asciende tan solo a 33.750 €; importe inferior incluso a la subvención solicitada.

 

Por todo ello, se considera que los errores o defectos respecto del importe total del proyecto y, en su caso, de la subvención solicitada no permiten dar por subsanada la solicitud, al ser el importe total de proyecto un contenido necesario de este según el apartado 5. e) de la convocatoria, debiendo declarase desistida la solicitud presentada por la asociación CENTRO CULTURAL AUXMAR.

 

2. La FUNDACIÓN ASAM FAMILIA-SALUD Y AYUDA MUTUA (NIF G86258399) fue requerida el 27 de mayo de 2024 para aportar la siguiente documentación:

 

- Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias de la Agencia Tributaria de Madrid con vigencia a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.

 

- Declaración responsable firmada electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad con información sobre los proyectos desarrollados en las tres últimas anualidades cuyo ámbito de actuación coincida con los definidos en el apartado 4 de la convocatoria. En la declaración se hará constar una breve descripción de cada proyecto, la población destinataria, fechas de ejecución y cualquier información que permita apreciar la relación de los proyectos desarrollados con el ámbito en el que se presenta la solicitud. Asimismo, se deberá hacer constar que la entidad pondrá a disposición de la Administración municipal la documentación que demuestre su ejecución, en caso de ser requerida.

 

- Anexo I. Memoria explicativa del proyecto" firmado electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad en el que se incluya el municipio de realización de las actividades, así como el importe de cada una de las actividades del proyecto, debiendo coincidir la suma del importe de todas las actividades con el importe total de proyecto.

 

El 4 de junio de 2024, la entidad presenta la siguiente documentación:

 

- En respuesta a la petición del Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias de la Agencia Tributaria de Madrid, la entidad presenta certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por lo que no puede entenderse subsanado este requisito ya que al no haber autorizado la entidad al Ayuntamiento de Madrid a obtener certificación de cumplimiento de obligaciones tributarias a la Agencia Tributaria de Madrid según consta en su solicitud de 27 de mayo, era la entidad la obligada a presentar tal certificación, según el apartado 7.4. de la convocatoria. Constituyendo la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias un contenido necesario de la solicitud procede declarar desistida a la FUNDACIÓN ASAM FAMILIA-SALUD Y AYUDA MUTUA.

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