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BOAM nº 6387 (09/03/2011)
Distrito de Moratalaz

518

Resolución de 10 de diciembre de 2010 del Gerente del Distrito de Moratalaz por la que se inadmite a trámite por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto por A.A.F., con Documento Nacional de Identidad número 50301410L, en expediente sancionador de referencia 115/2010/01474.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por medio del presente anuncio a la notificación de la Resolución del Gerente del Distrito de Moratalaz de fecha 10 de diciembre de 2010 por la que se inadmite a trámite el recurso de reposición interpuesto por A.A.F., con Documento Nacional de Identidad número 50301410L, contra la esolución sancionadora del Gerente del Distrito de fecha 14 de septiembre de 2010, expediente de referencia 115/2010/01474, pudiendo consultar el texto íntegro de la resolución en el Negociado de Gestión del Distrito de Moratalaz, sito en la calle Fuente Carrantona, 8, en horario de 9 a 14 horas.

 

Texto de la resolución: "No admitir a trámite por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto en fecha 18 de octubre de 2010 por A.A.F, contra la Resolución del Gerente del Distrito de Moratalaz de fecha 14 de septiembre de 2010 por la que se impone la sanción de 3.000 euros por incumplimiento de la orden de ejecución de obras de fecha 23 de noviembre de 2009, consistente en la sustitución de las planchas de falso techo de tres aulas, incluida la oficina, así como luminarias un poco descolgadas de su ubicación, de conformidad con los artículos 117.1 y 48.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El recurso de reposición deberá interponerse en el plazo de un mes, contándose a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del acto de que se trate, circunstancia que no se ha cumplido en el presente caso, al notificarse la resolución impugnada con fecha 14 de septiembre de 2010 y presentarse el recurso de reposición en fecha 18 de octubre de 2010, habiendo devenido el acto administrativo impugnado en firme y consentido".

 

La citada resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponer los recursos que a continuación se indican:

 

I.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

II.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 LRJPAC).

 

Madrid, a 10 de diciembre de 2010.- El Gerente del Distrito de Moratalaz, Ángel Herraiz Lersundi.

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