BOAM nº 6997 (04/09/2013)
Distrito de San Blas-Canillejas
1708
Resolución de 15 de julio de 2013 del Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se requiere para la aportación de documentación a S. G. C., con Documento Nacional de Identidad número 52.843.305-K, expediente 117/2013/02800.De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio, de la presente resolución por la que se requiere a S. G. C., con Documento Nacional de Identidad número 52.843.305-K para que aporte la documentación requerida en el expediente 117/2013/02800, de conformidad con la Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de los animales (aprobada por Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, BOCM de 31 de agosto de 2001).
El texto íntegro de esta resolución, así como el expediente tramitado, podrá ser consultado por el/los interesado/s en el Negociado de Servicios Sanitarios del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
A partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid deberá de forma inmediata:
1.º) Adoptar las medidas necesarias para evitar que el perro de su propiedad cause molestias a los vecinos artículo 4.3.
2.º) Adoptar las medidas necesarias para evitar que el perro de su propiedad efectúe micciones o deyecciones en la terraza de la vivienda, originando molestias a los vecinos próximos, artículo 4.2 y 4.3.
Apercibir al interesado que en el caso de no cumplimentar lo ordenado le serán impuestas las sanciones previstas en la precitada ordenanza, así como en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 15 de julio de 2013.- El Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas, Francisco Javier Colino Gil.