BOAM nº 9987 (17/10/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
3805
Decreto de 14 de octubre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la instrucción por la que se regulan las indemnizaciones por asistencia de los miembros de los órganos de selección y por la participación en el desarrollo de procesos selectivos.Por Decreto de 21 de mayo de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOAM núm. 8646, de 26 de mayo de 2020) —rectificación de error material por Decreto de 31 de mayo de 2021 (BOAM núm. 8900, de 2 de junio de 2021)— se dictaron las instrucciones en relación con las indemnizaciones por asistencia a órganos de selección y se aprobó el baremo de remuneraciones por la colaboración en actividades desarrolladas por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos en el desarrollo de procesos selectivos.
En un contexto de avance hacia un modelo más eficiente de gestión integral de los recursos humanos del Ayuntamiento de Madrid, una parte fundamental del cual es la agilización de las actuaciones de los órganos de selección, y partiendo de la regulación estatal contenida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (en adelante, Real Decreto 462/2002), sobre indemnizaciones por razón del servicio, las instrucciones fijaban criterios para el establecimiento de retribuciones adecuadas para los miembros de los órganos de selección cuando concurrieran circunstancias especiales y facilitaban la colaboración en ellos, técnica, administrativa y de servicios.
En este sentido, el artículo 29 del Real Decreto 462/2002 dispone que "Se abonarán asistencias a los miembros de los tribunales de oposiciones y concursos encargados de la selección de personal o de las pruebas cuya superación sea necesaria para el ejercicio de profesiones o para la realización de actividades, siempre que dichos procesos de selección conlleven la realización de ejercicios escritos u orales, así como a los colaboradores técnicos, administrativos y de servicios de dichos órganos, en aquellos casos que expresamente lo autorice el Ministerio de Administraciones Públicas, previo informe del Ministerio de Hacienda".
El artículo 30.3, por su parte, permite que en supuestos excepcionales en los que, con independencia del número de aspirantes, la complejidad y dificultad de las pruebas de selección así lo justifiquen, se autorice un incremento de hasta el 50 por 100 sobre las cuantías que correspondan.
Transcurridos más de cinco años desde la aprobación de las instrucciones, se considera oportuna su revisión con el fin de ajustar algunos extremos como resultado de la experiencia de su aplicación, además de adaptar el texto a las Directrices de Técnica Normativa y Administrativa del Ayuntamiento de Madrid, aprobadas por Acuerdo de 25 de junio de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
Por otra parte, en el apartado relativo a la indemnización por la elaboración de preguntas tipo test y supuestos prácticos, se han tenido en cuenta, para la determinación del número máximo de preguntas o de supuestos a abonar, las reglas previstas en el artículo 29.2 de la instrucción relativa al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos, aprobada por Decreto de 21 de mayo de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOAM núm. 8646, de 26 de mayo de 2020), y modificada por Decreto de 23 de agosto de 2021 (BOAM núm. 8969, de 7 de septiembre de 2021, en el que se publica la redacción consolidada).
En su virtud, y de conformidad con los apartados 3.º 1.1 y 2.20.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, que establece que corresponde a la persona titular del Área de Gobierno dirigir e impulsar las políticas municipales y el desarrollo general, la coordinación y el control de las políticas del Ayuntamiento en materia de personal, a propuesta de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la instrucción por la que se regulan las indemnizaciones por asistencia de los miembros de los órganos de selección y por la participación en el desarrollo de procesos selectivos, que se incorpora como anexo.
SEGUNDO.- Dejar sin efecto el Decreto de 21 de mayo de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal por el que se dictan instrucciones en relación con las indemnizaciones por asistencia a órganos de selección y se aprueba el baremo de remuneraciones por la colaboración en actividades desarrolladas por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos en el desarrollo de procesos selectivos.
TERCERO.- El decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. La instrucción se aplicará a aquellos procesos selectivos que tuvieran pendiente el nombramiento del tribunal en la fecha de la publicación.
Madrid, a 14 de octubre de 2025.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.