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BOAM nº 9033 (13/12/2021)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

3342

Acuerdo de 9 de diciembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

 

Mediante Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

 

El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, en primer lugar, en el sentido de particularizar las competencias en materia de arte público, para atribuirlas a la Dirección General de Patrimonio Cultural en aras de que los proyectos artísticos que se acometan en la ciudad de Madrid, así como la intervención por medios artísticos y plásticos en su espacio urbano, se realicen conforme a criterios homogéneos bajo la dirección de un único órgano que arbitre, unifique y gestione la promoción de estas actuaciones, así como su valor artístico, en aras de los intereses de la ciudadanía.

 

Por su parte, el apartado 11.º 2.9 del citado acuerdo de la Junta de Gobierno contiene una delegación especial según la cual corresponde al Área Delegada de Deporte:

 

"2.9. Ejercer las competencias de dirección, planificación y gestión referidas al Centro Deportivo Municipal Piscina Moscardó, incluidas todas las facultades en materia de gastos, contratación, subvenciones, convenios, patrimonio, potestad sancionadora y cualesquiera otras materias de la competencia de esta Junta de Gobierno que incidan en el ámbito de la gestión del Centro Deportivo Municipal Piscina Moscardó.

 

En particular, corresponden al Área Delegada de Deporte las competencias sobre los convenios y contratos relativos a la gestión de la citada instalación, excepto la realización de obras en la misma.

 

En el desarrollo de estas competencias, el Área Delegada de Deporte contará con la colaboración y asistencia del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, del Área de Gobierno de Vicealcaldía, así como del propio Distrito de Usera.

 

Esta delegación especial prevalecerá sobre otras delegaciones de competencias realizadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid a favor de cualesquiera otros órganos municipales".

 

El presente acuerdo tiene por objeto, en segundo lugar, suprimir la mencionada delegación especial de competencias, toda vez que en la actualidad han desaparecido las circunstancias que la motivaron unido al hecho de que, desde un primer momento, dicha delegación se configuró con un carácter temporal hasta tanto se determinase de forma definitiva el modelo de gestión de la instalación.

 

Así, actualmente, y una vez finalizado el convenio que dio origen a esta delegación, se ha licitado y adjudicado un contrato de concesión de servicios para la gestión y explotación de la instalación deportiva aludida, que inició su ejecución el pasado 1 de marzo de 2021, por lo que procede la supresión de la excepción y su vuelta al modelo general de competencias de los distritos y de las instalaciones deportivas.

 

Finalmente, se rectifican algunos errores advertidos en el citado acuerdo, según lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en virtud del cual las Administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, y en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 9 de diciembre de 2021,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación:

 

Uno. - En el apartado 9.º, se modifica la letra i) del punto 1.2 y se añade un nuevo punto 1.4, que quedan redactados en los siguientes términos:

 

"i) Generar contenidos dirigidos a la investigación y divulgación del patrimonio cultural, paisaje urbano y arte público de la ciudad de Madrid".

 

"1.4. Arte público.

 

a) Desarrollar, producir y gestionar programas de arte e intervenciones artísticas de carácter permanente y/o temporal en el espacio público.

 

b) Elaborar planes e implantar medidas para el fomento del arte en el espacio público en coordinación con los agentes culturales y productores de arte y otros departamentos municipales.

 

c) Coordinar la realización de intervenciones artísticas en el espacio público que se autorizan por los distritos y las áreas".

 

Dos.- En el apartado 11.º, se suprime el punto 2.9, que queda sin contenido.

 

SEGUNDO.- Rectificar los errores advertidos en el Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, en los términos que se indican a continuación:

 

En el apartado 7.º 1.2, donde dice:

 

"e) Promover y gestionar las exposiciones en los centros dependientes de la Dirección General. f) Promover y gestionar actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas y privadas en materia de exposiciones en centros dependientes de la Dirección General.

 

f) Coordinar y asesorar las exposiciones y proyectos museísticos que se realicen por el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

 

g) Participar en redes nacionales e internacionales de museos destinadas a la interconexión de sus fondos y a la universalización del acceso al conocimiento".

 

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