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BOAM nº 9713 (10/09/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

2981

Resolución de 6 de septiembre de 2024 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que declara desierto el proceso selectivo convocado por resolución de 4 diciembre de 2023 por la que se convocan plazas para el acceso mediante promoción interna independiente, a la categoría de Médico/a de Medicina General para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución de 4 de diciembre de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, se convocaron plazas para el acceso, mediante promoción interna independiente, a la categoría de Médico/a de Medicina General para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid (BOAM número 9.525, de 7 de diciembre de 2023).

 

Finalizado dicho plazo, por Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de 23 de julio de 2024, se publicó la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo (BOAM número 9.682, de 26 de julio de 2024), sin que se hubiera admitido a ningún aspirante, al no cumplir los requisitos exigidos en la base tercera del Anexo de Decreto de 24 de noviembre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se aprueban las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de la categoría de Médico/a de Medicina General para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid (BOAM número 9.519, de 28 de noviembre de 2023).

 

Corresponde al titular de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias la competencia para convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal de las categorías propias de SAMUR-Protección Civil, de conformidad de lo dispuesto en el apartado 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En virtud de lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Directora General de SAMUR-Protección Civil, y en uso de las competencias delegadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Declarar desierto el proceso selectivo convocado por Resolución 4 de diciembre de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, para el acceso, mediante promoción interna independiente, a la categoría de Médico/a de Medicina General para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid, al no existir aspirantes que reúnan los requisitos.

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación por el órgano competente de esta resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid».

 

TERCERO.- Disponer la publicación por el órgano competente de esta resolución en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cualquier momento a contar desde el día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. (artículo 124 LPAC).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC)".

 

Madrid, a 6 de septiembre de 2024.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, Jesús Gil Martín.

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