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BOAM nº 7239 (28/08/2014)
Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

1570

Resolución de 25 de agosto de 2014 del Coordinador General de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras por la que se ordena la publicación de resolución de denegación provisional de subvención a solicitantes de las ayudas convocadas por Decreto de 11 de julio de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda destinadas a obras que se realicen en edificios y viviendas incluidos en los ámbitos de las Áreas de Rehabilitación de Lavapiés y San Cristóbal de los Ángeles y de la Zona Integrada de Ciudad de los Ángeles.

De acuerdo con los artículo 17.1 del Decreto de 18 de abril de 2013 y 18.1 del Decreto de 11 de julio de 2013, de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por los que se aprueban la convocatoria pública de subvenciones 2013 destinadas a obras de conservación derivadas de la Inspección Técnica de Edificios y a obras que se realicen en edificios y viviendas incluidos en los ámbitos de las Áreas de Rehabilitación de Lavapiés y San Cristóbal de Los Ángeles y de la Zona Integrada de Ciudad de los Ángeles, debe procederse a la notificación de la resolución provisional de concesión a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En la fecha que se indica, la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda ha dictado resolución provisional de denegación de subvención para el beneficiario del Anexo. El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Subdirección General de Gestión de Vivienda del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid, calle Ribera del Sena, n.º 21, 28042, Madrid.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se concede un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para que los solicitantes puedan presentar alegaciones. Transcurrido dicho plazo sin que por parte de los solicitantes se presenten alegaciones, se tendrá por aceptada la propuesta de resolución, dictándose resolución definitiva que se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de conformidad con el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Además se podrá consultar en la página web del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 25 de agosto de 2014.- El Coordinador General de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras, P.S., Decreto de 11 de julio de 2014 de la Delegada de Urbanismo y Vivienda, el Director General de Control de la Edificación, Norberto Rodríguez Pérez.

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