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BOAM nº 9568 (09/02/2024)
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad

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Resolución de 7 de febrero de 2024 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad por la que se resuelve el concurso general de méritos para la provisión de puestos de trabajo FG-16-009/2023.

Por Resolución de fecha 6 de noviembre de 2023 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad se convocó el concurso general de méritos FG-16-009/2023, para la provisión de puestos de trabajo.

 

El desarrollo del concurso se ha realizado de conformidad con lo dispuesto en las bases específicas de la convocatoria, en las bases generales por las que se regirán los procedimientos para la provisión definitiva y temporal de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y en sus Organismos Autónomos, aprobadas por Acuerdo de 26 de noviembre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005.

 

La Comisión de Valoración, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas por cada participante, ha elevado propuesta de resolución del concurso.

 

De acuerdo con la propuesta efectuada por la Comisión de Valoración y el informe favorable emitido por la Dirección General de Costes y Gestión de Personal, en uso de las competencias previstas en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Resolver el concurso general de méritos FG-16-009/2023 para la provisión de puestos de trabajo, de acuerdo con la propuesta formulada por la Comisión de Valoración reunida al efecto.

 

SEGUNDO.- Adjudicar los puestos de trabajo que se expresan en el anexo I a las personas propuestas.

 

TERCERO.- Declarar desiertos los puestos de trabajo que se expresan en el anexo II.

 

CUARTO.- La presente resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

 

Madrid, a 7 de febrero de 2024.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Ángel Manzano García.

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