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BOAM nº 5924 (28/04/2009)
Área de Gobierno de la Vicealcaldía

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Acuerdo de 31 de marzo de 2009 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se rectifica error material advertido en el texto de la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

 

PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el párrafo tercero del apartado primero del artículo 21 del texto de la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de 27 de febrero de 2009 en el siguiente sentido:

Donde dice: "Finalizado el mismo y previo examen de las alegaciones presentadas, la Junta Municipal del Distrito aprobará la relación definitiva de los emplazamientos, que se publicará en el primer Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid del mes de junio".

Debe decir: "Finalizado el mismo y previo examen de las alegaciones presentadas, la Junta Municipal del Distrito aprobará la relación definitiva de los emplazamientos, que se publicará en el último Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid del mes de junio".

 

SEGUNDO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid este Acuerdo y el texto de la rectificación de errores del texto de la Ordenanza que constituye su objeto.

 

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3, e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

 

Madrid, a 31 de marzo de 2009.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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