BOAM nº 7088 (20/01/2014)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública
98
Decreto de 9 de enero de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se nombra a los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer plazas de Oficial de Encuadernación en ejecución del proceso de Consolidación de Empleo Temporal de personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid.Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta para nombrar a los miembros del Tribunal Calificador de la pruebas selectivas para proveer, en ejecución del proceso de Consolidación de Empleo Temporal de personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid, 9 plazas de Oficial de Encuadernación convocadas por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública de fecha 12 de junio de 2013.
La composición del Tribunal Calificador para esta categoría se ajustará a lo previsto en el punto 7.1 de las Bases Generales que rigen los procesos de Consolidación de Empleo Temporal de personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia para el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2 i) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2 i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 17 de enero de 2013,
DISPONGO
Primero.- Nombrar como miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas en ejecución del proceso extraordinario de Consolidación de Empleo Temporal de personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid, convocadas por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública de 12 de junio de 2013 para proveer 9 plazas de Oficial de Encuadernación, a las personas que a continuación se indican:
PRESIDENTE
Titular: D. José Bonifacio Bermejo Martín.
Suplente: D. Eugenio Cano Hernández.
SECRETARIO
Titular: D.ª María Blasa Huertas Morales.
Suplente: D.ª Elisa Castiñeiras Salgado.
VOCALES
Titular: D. Francisco Rodríguez Gómez.
Suplente: D.ª María Luisa del Peso Berlanga.
Titular: D.ª Alicia Díaz Martínez.
Suplente: D.ª Isabel López de Felipe Menéndez.
Titular: D.ª María del Carmen Lorenzo Lozano.
Suplente: D.ª Cristina Cantos Ceballos.
Titular: D.ª Rosa González Fernández.
Suplente: D. Antonio Piqueras Asolas.
Podrá asistir, como observador del desarrollo del procedimiento selectivo, D. Rafael Gómez Navarro. En caso de imposibilidad de asistencia a las sesiones del Tribunal Calificador por el citado observador podrá ser sustituido por D. Miguel Ángel Íñigo Casco.
Segundo.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.
En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 9 de enero de 2014.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.