BOAM nº 9929 (28/07/2025)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
2967
Decreto de 22 de julio de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se concede una beca de investigación en materia de museos y fondos documentales en instituciones dependientes del Ayuntamiento de Madrid para el año 2025 a María Magdalena Oliva Díaz.Visto el informe propuesta de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos que obra en el expediente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1.n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las facultades delegadas por el apartado 6.º 1.1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,
DISPONGO
PRIMERO.- Conceder una beca de investigación en los fondos documentales del Archivo de Villa y de otros archivos sobre establecimientos vinculados a las Artes Gráficas en el Madrid del siglo XX (1950-1970), beca número cuatro de la convocatoria de becas de investigación en materia de museos y fondos documentales en instituciones dependientes del Ayuntamiento de Madrid para el año 2025, a María Magdalena Oliva Díaz, NIF ***0136**.
SEGUNDO.- Notificar la presente resolución mediante publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo previsto en el apartado 6 de las bases y artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TERCERO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
a) Un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El plazo para su interposición será de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.
Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente, de acuerdo con el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 22 de julio de 2025.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.