BOAM nº 7842 (08/02/2017)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
250
Resolución de 7 de febrero de 2017 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por la que se ordena la publicación de la Resolución de 2 de febrero de 2017 del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos por la que se deja sin efecto otra de fecha 26 de mayo de 2016 por la que se aprueba el Protocolo de Medidas Alternativas a las sanciones económicas de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de los Residuos.En virtud de lo establecido en el apartado 5º, punto 11.5 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 10 de noviembre de 2015), y a los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC),
RESUELVO
Ordenar la publicación de la Resolución de 2 de febrero de 2017 del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos por la que se deja sin efecto la Resolución del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos de fecha 26 de mayo de 2016 (BOAM nº 7671 de 1 de junio de 2016) por la que se aprueba el Protocolo de Medidas Alternativas a las sanciones económicas de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de los Residuos, con el siguiente contenido:
"El Ayuntamiento de Madrid, en su calidad de Administración Pública de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, tiene atribuida entre otras potestades públicas, el ejercicio de la potestad sancionadora para penalizar las conductas que infrinjan lo establecido en su normativa propia, conforme se establecen en los artículos 4.1.f) y 139 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Por su parte, el artículo 52.3 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, regula la posibilidad de sustituir la sanción económica impuesta por trabajos en beneficio de la comunidad, con la finalidad de sensibilizar al infractor sobre cuáles son las normas de conducta en el espacio urbano, logrando una mayor implicación en el cumplimiento de la norma y reponiendo a la comunidad de los daños o perjuicios que pudiera haber ocasionado con su conducta infractora.
La Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos, aprobada por Acuerdo Plenario de 27 de febrero de 2009 (en adelante OLEPGR), contempla en su artículo 89.5 cómo "se podrá sustituir la sanción económica por trabajos en beneficio de la comunidad, la asistencia obligatoria a cursos de formación, a sesiones individualizadas o cualquier otra medida alternativa que tenga la finalidad de sensibilizar al infractor sobre cuáles son las normas de conducta en el espacio urbano o reparar el daño moral de las víctimas".
Con este objetivo prioritario y en desarrollo de la ordenanza municipal, el Director General de Servicios de Limpieza y Residuos mediante Resolución de fecha 26 de mayo de 2016, aprobó el Protocolo de medidas alternativas a las sanciones económicas de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de los Residuos, mediante el cual se llevó a cabo un Proyecto Piloto con un total de 50 expedientes.
No obstante, una vez concluido dicho Proyecto y en tanto se proceda a la extensión de la medida, razones de interés general y de eficacia, contempladas en el artículo 103.1 de la Constitución Española, aconsejan para una adecuada organización del servicio público gestionado por esta Dirección General, que actualmente no se informen favorablemente las peticiones de sustitución de la sanción económica por infracción de la OLEPGR por las medidas alternativas propuestas.
En virtud de las atribuciones delegadas en el Apartado 7º.1.11.c) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, vengo a adoptar la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Dejar sin efecto la Resolución del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos de fecha 26 de mayo de 2016, por la que se aprueba el Protocolo de Medidas Alternativas a las sanciones económicas de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos.
SEGUNDO.- Esta Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 7 de febrero de 2017.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, José María Vicent García.